¿Cómo se reparten los bienes privativos en un matrimonio sin hijos?

Buenos días, es el supuesto de un matrimonio sin hijos, donde la mujer heredó durante el matrimonio un piso de su hermano. Ésta fallece sin hijos y sin padres con la única familia de su cónyuge, su hermana y dos sobrinas. ¿Cómo se reparte la herencia en este caso? ¿Puede el marido heredar ese bien de quien fuera su cuñado?

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Abogado Urbanismo Madrid INMOURBANISMO

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Hola buenos días: Lo que hereda una persona esté casada o no, e independientemente de su régimen matrimonial, se hereda privativamente. El cónyuge no hereda. En su caso, heredaría su hermana y/o sus sobrinas, dependiendo de si ha otorgado testamento o no, y en caso de que hubiera testamento, habría que ver los términos del mismo. La única posibilidad de que heredara el marido es que hubiera muchos bienes y que se le dejara además del usufructo viudal el tercio de libre disposición y se le diera en pago de su parte el piso (lo que me parece bastante improbable, pero habría que ver la documentación y la masa de la herencia, es decir cuántos bienes tenía la fallecida). Si necesita información adicional, puede ponerse en contacto conmigo. Un saludo.

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A. CAÑIZARES ABOGADOS, S.C.P.

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Lo primero que hay que averiguar es si existe testamento o no. Para ello con el certificación de defunción debe ir al Ministerio de Justicia a solicitar un certificado de últimas voluntades, así como de seguros (por si tuviese algún seguro de vida que Ud. desconociese). En dicho certificado constará si su mujer hizo o no testamento. En caso de que lo haya hecho, como cónyuge tiene derecho a ir al Notario donde otorgo el mismo y poder conocer la voluntad de su esposa que es de obligado cumplimiento.

En caso de que no haya testamento, heredará ud. todo, al no haber ascendientes (padres de ella) ni descendientes (hijos).

Quedamos a su disposición.

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ARANZAZU ABOGADOS

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Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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Ese piso ya forma parte de los bienes de su esposa, y como tal, se abriría la sucesión normal, es decir, si existe un testamento y su mujer se lo deja todo a usted como marido, es usted el que se hace dueño de ese piso. Si instituye herederas a ellas, se ha de respetar.

Si no existiera un testamento, y siendo usted el cónyuge heredaría todo en virtud del artículo 944 CC.
Es decir, si la sucesión se abre en territorio de derecho foral, es otro supuesto, pero no variará mucho.

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Avin Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Buenos días,
Dado que la causante no tiene hijos ni padres, el único heredero es el cónyuge superviviente de todos los bienes de su esposa.
Ahora bien, seria necesario conocer el contenido del testamento (si lo hubiere), ya que la legitima de libre disposición se puede dejar a cualquier persona.
Con el fin de conocer con más detalle su caso, quedamos a su disposición.

Un saludo

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TESTAYA ABOGADOS

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Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones

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Buenas noches!
Si la causante ha fallecido sin restar, y de conformidad con el Código Civil, primero heredan los hijos(no hay), después los padres ( no hay) y después el cónyuge. No me queda claro si el cónyuge vive o no, pero por supuesto hereda todos los bienes, gananciales o privativos de ella ( es decir heredados de su hermano) . A su disposición, un saludo

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Cuéntanos Asesores

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Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Civil General

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Buenas tardes, si no existe testamento el que hereda es el cónyuge, independientemente a quien perteneciera el piso con anterioridad. Si hay testamento habría que mirarlo por si hubiera legado ese bien a otra persona.

Un saludo.

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Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
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Buenos días: Salvo que exista testamento, si el único que queda vivo es el cónyuge y los padres de ella también hubieran fallecido, el cónyuge es quien hereda los bienes de la causante. Un saludo

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