Comunidad de prop o vecinos
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Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil
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Contestado
Buenos días,
Las costas son inherentes al proceso de reclamación de cuotas de la Comunidad y en general se imponen al que pierde el juicio, por ello lo más probable es que las costas que le están reclamando sean las que se tasaron en el proceso y por tanto son firmes y obligatorias ( no es necesario establecerlas en otro proceso).
Otra cosa es que la Comunidad sólo puede ejecutar las costas (o pedir el cumplimiento de pago vía judicial , solicitando el embargo de sus bienes.
Si no tiene bienes ni ingresos, la Comunidad no logrará cobrar, pero sí podría anotar embargo preventivo de la vivienda de su propiedad.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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