Construir muro medianero ocupando terreno del vecino sin su consentimiento

Hemos construido un muro en suelo urbano para separar dos solares. El arquitecto se ha equivocado y ahora ese muro no está plenamente en nuestro solar. El vecino reclama que el muro está unos 10 cm en su terreno.

¿Puedo construir un muro medianero en la linde y ocupar con él 10 cm de su solar y otros 10 cm del mío - es decir a caballo - sin su consentimiento? ¿Dónde figura el derecho a hacerlo sin su consentimiento? (El artículo publicado en lexdir dice que si se puede). He consultado en el Colegio de Arquitectos y en otros sitios y la creencia es que sin su consentimiento, lo tengo que hacer enteramente en mi parte.

El Código Civil indica que cualquier vecino puede "alzar" un muro medianero. Pero desconozco si alzar se refiere a aumentar la altura o si incluye también construir desde cero.

Nuestro caso es un poco más complicado que lo arriba resumido: el vecino reclama que en vértice nos hemos metido 4 cm y en el otro 16 cm - el promedio son 10 cm en la diagonal que hace el muro. El muro tiene un ancho de 15 cm. Es decir, en un extremo llegaría a estar por completo en su terreno y en el otro, estaría en más de un 50% en el mío. En promedio, nos habríamos pasado unos 3 cm.

Yo preferiría llegar a un acuerdo amistoso, pero él insiste en que tengo que derribar.

Gracias.

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Comparto su opinión de que la mejor opción es llegar a un acuerdo que evite el litigio. Si esto fuera imposible debe saber que estos supuestos se analizan en la figura denominada "construcción extralimitada". Se trata de una modalidad de accesión en la cual, el dueño del terreno edifica en suelo que es en parte propio y en parte ajeno, adquiriendo la propiedad de lo edificado en el suelo del vecino. En definitiva, la jurisprudencia otorga preeminencia por razones de política económica, social y de buena vecindad, al constructor- propietario de una cosa que al construir su obra lo hace ocupando en parte suelo que no le pertenece, pues es preferible, tratándose de alguien que actúa de buena fe, permitir que el dueño del edificio se quede con el terreno previo pago al dueño del suelo del valor del mismo, más los daños y perjuicios ocasionados, antes que consentir que el propietario de este inste la demolición de lo edificado, mucho más costoso y antieconómico.

En todo caso entiendo que debe mantener una reunión presencial con un letrado que pueda analizar su caso en detalle, y así asesorarle adecuadamente.

Quedamos a su entera disposición para ello.

Un atento saludo

Jorge Osset

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Buenos días:

En primer lugar habría que verificar cual es el linde correcto y por donde discurre, a fin de comprobar donde se ha ejecutado el muro. Partiendo del supuesto en que se hubiera edificado en terreno colindante, se requiere autorización del propietario para ello, por lo que es imprescindible que se acredite la titularidad del suelo ajeno. Por otra parte, de manera excepcional, nuestro derecho regula la figura de la acesión invertida, para supuestos en los que se edifica en fundo ajeno, y que con concretos y rigurosos requisitos, puede permitir la pervivencia del muro, mediando indemnización a favor del vecino.

Resumiendo: 1º verificar linde real (no el catastral) y 2º explorar todas las opciones jurídicas, antes de cualquier demolición.

Para mayor aclaración y consulta, quedamos a su disposición.

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Buenos días:
Hay que tener mucho cuidado con la separación de solares. Y desde luego no se puede levantar una pared medianera en terreno del propietario colidante. Es lógico que quiera que derrumbe y retranquee el muro. No obstante necesitaría ver la documentación e informes técnicos así como la ficha catastral de los dos solares con el fin de determinar donde se puede construir.
Un saludo

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