Costas de un juicio perdido

Soy Religioso, miembro de una comunidad religiosa. Si pierdo, ¿mi comunidad religiosa estaría obligada a pagar las costas? Presento la denuncia y voy a juicio en mi nombre, como persona física. Muchas gracias.

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Bufete Ledesma y Tavero

Bufete Ledesma y Tavero

Abogado de Móstoles especializado en Derecho de Familia

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Hola,

Usted habla de DENUNCIA, lo que me induce a pensar que estamos en la vía PENAL y quiere que se investigue si un hecho determinado es delito. Si no es delito, la denuncia se archiva y no habrá costas para usted.

Ahora bien, si se refiere a la vía CIVIL, si todo lo que usted pide en la DEMANDA es desestimado, deberá pagar las costas al demandado. Las costas las paga el demandante por ser quien va a juicio, no la entidad religiosa.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
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Buenas tardes; Ya ha sido contestado anteriormente. Un saludo

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ABOGADO DELITOS FISCALES MADRID JULIO PERODIA CRUZ CONDE
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depende de qué tipo de juicio estemos hablando y qué jurisdicción.

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