¿Cuál es la cuantía de una pensión en caso de divorcio?
Buenos días,
Le remitimos una primera valoración, aunque deberíamos disponer de mayor información para detallarla.
Si suponemos que su esposa no trabaja; por los años de matrimonio, a su esposa le correspondería una pensión compensatoria. En lo que concierne a la cuantía, es difícil de evaluar sin más detalle pero podría ser de la mitad de su pensión de jubilación.
El hijo al ser mayor de edad y tener ingresos, no tendría derecho a una pensión de alimentos.
Respecto de la vivienda es cuestión debatida, en principio se puede acordar un uso alternativo de la misma o ,por ejemplo, acordar su venta.
Quedamos a su disposición para mantener una primera reunión donde trabajar su caso al detalle
Un saludo
Abogado de divorcios Express online en Barcelona - Divortium
Abogado de Esplugues de Llobregat especializado en Derecho Penal Común
La cuantía de la pensión de alimentos va depender de los ingresos de quien debe pagarla, atendiendo también a sus deudas. No existe un criterio unificado en esta cuestión pero dicha pensión suele situarse entorno al 30-35% de los ingresos del obligado, con un mínimo de 150 €. pero como ya le digo deberíamos poder evaluar la situación económica tanto de quien la paga como de quien la recibe, para poder cubrir correctamente sus necesidades básicas.
Para más información póngase en contacto con nuestro despacho.
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
Buenos días: en un procedimiento de separación o divorcio, la vivienda familiar se la adjudica el juzgado al cónyuge mas necesitado de protección . Habría que saber también porque es importante quien es el tutor de su hijo, porque en este caso se adjudicaría al cónyuge que tuviera atribuida la patria potestad prorrogada del hijo. Respecto de la pensión no existe una cantidad fija, depende de los ingresos de quien debe pagarla y siempre que usted no trabaje y se produzca un desequilibrio. Un saludo
En relación a su consulta como le indican habría que conocer los ingresos de su mujer, si tiene derecho si mujer a una pensión en un futuro,la dedicación al matrimonio y cuidado del hijo , el importe de la pensión que usted percibe, a quien se le atribuye el uso del piso etc, si la Lo mejor es que se ponga en contacto con un abogado.La pensión compensatoria también puede ser temporal por un número determinado de años pero hay que estudiarlo.
Buenas tardes, hay que valoras diversos factores, como son los ingresos, la dedicación de su mujer a la familia, si posteriormente va a tener o no pensión, así como los gastos de la familia.
La vivienda podría venderse y así evitar que usted tenga que abonar un alquiler y disponga de liquidez.
Un saludo
Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
El piso se debería vender o si uno se lo queda habrá de pagar al otro.
Habrá una pensión compensatoria que si su mujer nunca ha trabajado puede rondar el 40 - 45% del importe de su pensión.
Pueden negociarse ambas cosas: darle la pensión en parte de piso, por ejemplo.
ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
Hay que estudiar todas la situación familiar, también los gastos, dedicación.
Un saludo.