¿Cuándo es delito la destrucción de pruebas?

¿Cuándo es delito la destrucción de pruebas? Si no estoy imputado ni creo que investigado y destruyó un disco duro para eliminar unas fotos supuestamente delictivas. ¿Es delito?

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Contestado

Lo que le tiene que preocupar es el supuesto delito cuyas huellas pretende borrar. Si se ha destruido un disco duro o dicho disco se ha sustituido por haberse estropeado, lo primero que tiene que probarse por parte de quien pretenda que usted tiene alguna responsabilidad penal es el contenido del disco borrado o inutilizado, algo difícil si no aparece o ningún dato puede ser recuperado.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Ley de segunda oportunidad Zaragoza JUAN MANUEL PALACIO MARCO
Contestado

Buenas tardes. Reitero. Existe el delito de destrucción de pruebas del art 413 y 414 del código penal.Pero dicha conducta además se puede considerar como un delito contra la administración de justicia (obstrucción). En principio tal y como plantea la pregunta la respuesta es no,pues falta el elemento subjetivo. Atentamente.

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