¿Cuánto tengo que pagar?
Hola, dependerá de las condiciones en que haya vendido y quien se haga cargo de los pagos.
En un principio deberá pagar el comprador el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
Aparte están los gastos de escrituras en Notaria, que suele ser al 50%, así como la Plusvalía que es por parte del vendedor, según el aumento de valor de la propiedad que haya sufrido y si hay ganancia deberá declararlo en IRPF. Aunque todo dependerá de lo que haya pactado, fecha de adquisición y venta, comunidad autónoma, etc.
Un saludo y gracias.
Roberto Gonzalo
Gonzalo & González Abogados
Gestiones Gonzalo
Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
Abogado de Burgos especializado en Violencia de género
Por una parte tiene que abonar al Ayuntamiento respectivo el impuesto de incremento de valor de bienes urbanos. Por otro lado en el IRPF correspondiente al año 2016 deberá declarar el incremento de patrimonio obtenido. Esos son los tributos legalmente repercutibles a usted.
Los gastos de Notaría y Registro suelen ser por cuenta del comprador, así como el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, a salvo siempre, de que se pacte otra cosa en la escritura de venta.
ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
Existen varios tributos y formas de pactar una compraventa.Habría que estudiarlo a fondo. Depende de muchas cosas. Entre otros la plusvalía municipal varia según la fecha de compra y variación del valor del suelo desde entonces.
El impuesto de transmisiones suele pagarlo el comprador si no se pacta otra cosa al igual que el notario.
Quedamos a su disposición.
Un saludo.