¿Cuánto tiempo debo esperar a que me paguen el finiquito?
ADVOCAT CIVIL I LABORAL BANYOLES I GIRONA - SERGI CALVET COLL
Abogado de Banyoles especializado en Derecho Civil
Hola, buenas tardes.
Según el artículo 29 del Estatuto de los trabajadores, la liquidación y el pago del salario se harán puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres, sin que el plazo de las retribuciones periódicas y regulares pueda exceder de un mes.
La normativa no regula el caso del finiquito, pero lo normal es que se haga en la fecha de extinción del contrato. Hay empresas que esperan hasta la fecha de pago de todas las nóminas de la empresa. En su caso, esta política discutible tampoco justificaría la demora, pues del tenor de sus palabras se deduce que le despidieron a final de mes.
Algunos empresarios demoran expresamente el pago para presionar al trabajador e intentar lograr que no impugne el despido.
Lo más importante es tener presente que el plazo para impugnar el despido es muy breve (20 días hábiles). Por el contrario, el trabajador dispone de un año para reclamar el pago del salario y del finiquito.
También es imprescindible recordar que la firma del finiquito tiene valor liberatorio. Si no ha cobrado lo que le deben, no lo firme. En caso de cobrar, tampoco pueden obligarle a firmar, pero si lo hace, lo recomendable es incluir las palabras ''NO CONFORME'', al lado de la firma.
Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo
No hay un plazo determinado para que le paguen el finiquito, lo habitual es que se lo liquiden el mismo día que finaliza la relación laboral. Si pasan los días y no se lo pagan tiene hasta un año para reclamarlo. En cuanto a la indemnización, no acabo de entender lo que quiere decir, pero si no le han reconocido el pago de una indemnización, tiene un plazo de 20 días para reclamarla desde que se produce el despido; y si por el contrario sí que le han reconocido que le van a pagar una indemnización pero todavía no lo han hecho, el plazo para reclamarlo será el mismo que le he dicho para el finiquito. Si necesita ayuda puede contactar con este despacho profesional. Un saludo de Patón Abogados
Advocat Mercantil Figueres SOLA & GRAU
Abogado de Figueres especializado en Derecho Mercantil
De normal se cobra cuando se termina la relación laboral o en pocos días de finalizada ésta, ello dejando a salvo que la empresa y el trabajador hayan acordado otra forma o manera de hacerlo.
ADVOCAT LABORAL i SEGURETAT SOCIAL i FAMILIA Girona i Figueres - Santiago Perez
Abogado de Girona especializado en Derecho de la Seguridad Social
S'ha de pagar al moment d'extinguir-se el contracte. Aconsello no signar-lo o escriure " no conforme" si no l'ha cobrat o no està d'acord amb el que hi consta.
La liquidación final o finiquito debe hacerse efectivo en el momento del cese en el trabajo. No obstante…