¿Deben devolverme las costas de abogado y procurador que pagué en su momento?

Buenos días. Gané el juicio en 2012 con condena de costas a la parte contraria. Yo pagué a mi abogado y procurador todos los honorarios que me pidieron y que establecía el colegio de abogados y procuradores. Mi abogado pidió a la otra parte las costas, primera instancia, segunda y ejecución, en 2012 la otra parte pagó las costas de primera y segunda instancia y mi abogado las retiró de los juzgados pero no me las devolvió porque decía que tenía que esperar a que la otra parte también depositara las costas de la ejecución.
Hace una semana han depositado las costas de la ejecución y el abogado me ha llamado para devolverme el dinero y aunque la otra parte depositó más de los honorarios de mi proceso (mi abogado me comentó que les pediría todo lo que pudiera). Me han devuelto menos de lo que yo les di, concretamente el procurador es el que me ha dado de menos. ¿Qué puedo hacer?
La parte contraria ha depositado 3 cantidades en los juzgados, 1 por proceso (1ª instancia, 2ª instancia y ejecución), y han depositado exactamente lo que les han pedido en concepto de abogado y procurador, la suma de los dos, en los ingresos la otra parte no especifica tanto para abogado y tanto para procurador, yo entiendo que me deberían de devolver todo mi dinero. Además el abogado cuando cobró una parte hace 3 años me lo debería de haber dado en ese momento, pero bueno en eso no vamos a entrar, pero mínimo devolverme lo que pague. ¿Qué creéis?

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Contestado

Buenos días: En un procedimiento judicial, con costas, en el que usted ha abonado previamente una provisión a su abogado y procurador, cuando se cobre el importe una vez aprobadas las costas por el juzgado, su abogado tiene que devolverle ese importe que ha cobrado por tasación de costas, que no tiene porque coincidir con el importe que usted abono a su abogado mediante provisión de fondos, que puede ser mayor o menor, porque hay conceptos que el abogado y procurador en la tasación de costas no puede repercutir y sin embargo si que puede cobrarle a usted. Por tanto yo le puedo informar a la vista de la tasacion de costas y la provision abonada, la cantidad que le tiene que devolver su abonado y si es correcta. De cualqlueir forma puede valorarme la respuesta que le acabo de facilitar. Un saludo

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