Denuncia por lo contenciosos-administrativo: accidente de bici.
En principio, tal y por lo que me cuenta, entiendo que tiene usted razón y que deberían de indemnizarle por responsabilidad patrimonial de la administración. Otra cosa es probarlo. Si bien la existencia de la llamada a la ambulancia y su intervención es muy importante a efectos probatorios deberíamos de estudiar la totalidad de la documentación. Además a los efectos de solicitar la máxima indemnización deberíamos aportar un informe médico forense (salvo que las cantidades que me indican fueran correctas) para probar el valor de los daños físicos y las secuelas.
En cuanto a los honorarios dicha cuestión la atendemos personalmente, pero podemos efectuar un contrato de cuota Litis, es decir, cobramos si usted cobra, aunque en este caso nuestros honorarios suelen ser superiores por el mayor riesgo que corremos en no cobrar el asunto. Aún así habría gastos que debería de hacer como Procurador y, en su caso, perito médico.
Un saludo.
ABANDA INTERNATIONAL CONSULTANTS S.L.
Abogado de Valencia especializado en Contencioso Administrativo
Lamentablemente no puedo ofrecer mis servicios bajo criterios de "cuota litis". Este un asunto que a falta de determinar la realidad objetiva de los hechos, los documentos, y la prueba disponible, puede ser exitoso.
Yo personalmente no recomiendo la "cuota litis" como criterio de pago de honorarios, pues la falta de veracidad en los hechos comunicados por el cliente, anulan esta forma proporcional de cobranza, quedando obligado igualmente a pagar los honorarios cuando por causa de una omisión -incluso involuntaria-el asunto se perdiera. Mejor ser consciente de todo desde el principio y asumir el riesgo.
Quedo a su disposición
Saludos
Alejandro Sanz-Bermell
El problema es de "prueba", pero puede que Ud. tenga razón. Lamento decirle que nuestro despacho no atiende casos como el suyo a porcentaje.
Un saludo.