Denuncia por lo contenciosos-administrativo: accidente de bici.

El día 16/07/2013 sufrí un accidente de bicicleta por una carretera adyacente a la autovía A- 316, entre el kilómetro 63--64 de una vía de servicio de la provincia de Jaén. Llegado a unos 500 metros de la entrada de la carretera, la cual no existe señal de advertencia de carretera en mal estado, ni señal de precaución por presencia de baches, piedras, gravilla...etc aparece un badén muy pronunciado y debido al mal estado de la vía, comienzo a esquivar unos baches que hay en la calzada así como también surcos del pavimento desprendido y pliegues formados como consecuencia de no mantener en buen estado de conservación la calzada.

Al pasar el badén, justo al final de este me encuentro con un gran bache en la calzada siendo imposible reaccionar a tiempo, atravesándolo y como consecuencia salí disparado por encima de la bicicleta al destrozar la rueda trasera del impacto, cayendo de espaldas, golpeandome la cabeza fuertemente contra el asfalto partiendo el casco literalmente por la mitad (la bicicleta quedó inutilizable por los fuertes golpes al salir despedida).

volteandome sufrí magulladuras por todo el cuerpo, fractura 1/3 medio clavícula izquierda y fractura 7ª y 8ª arco costal izquierdo, produciéndome a su vez un agravamiento de una enfermedad degenerativa de espalda que padezco.

Tuvo que atenderme una ambulancia del 061 al lugar de los hechos trasladándome de urgencia al hospital neurotraumatológico de Jaén, teniendo parte de la asistencia de este.

He estado mas de 1 año bajo tratamiento medico y rehabilitador con problemas de consolidación de hueso de la clavícula y con secuelas del accidente, todo documentado con los informes médicos de todo el procedimiento y fotografías del lugar de los hechos.... ademas no he podido trabajar hasta día de hoy debido a mis dolencias que perduran!!

Interpuse reclamación previa ante la administración competente el día 26/12/2014, La Junta de Andalucía me contesto el día 27/04/2015 con asunto: Tramite a audiencia y con el dictamen de la valoración de cuantía de mis secuelas = 18.711,65 E.

Me han enviado una carta el día 9/11/2015 con asunto: 2ª tramite a audiencia, sobre investigación a la llamada efectuada al 061 y el lugar exacto donde me recogieron.

Sin respuesta de la resolución del procedimiento, entendiendo que se ha producido si no hay aun respuesta de silencio administrativo teniendo de plazo en un principio hasta el día 26/12/2015 para interponer demanda.

A día 03/11/2016 he recibido notificación de la resolución del procedimiento desestimando mi reclamación, según elllos por falta de echos probatorios del accidente y por no tener relación causa - efecto de tal accidente en la vía.

Sigo sin poder trabajar por mis dolencias, mediante medicación para aliviar mis dolores...

Quisiera saber ¿que posibilidades de éxito poseo de conseguir la máxima indemnización?

Estoy interesado en abogados especialistas en accidentes de trafico que cobren por comisión o porcentaje de indemnización en Valencia capital o en su defecto por la provincia y que % piden. Muchas gracias....

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RAFAEL LINDO BONDIA

RAFAEL LINDO BONDIA

Abogado de Quart de Poblet especializado en Derecho Civil General

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En principio, tal y por lo que me cuenta, entiendo que tiene usted razón y que deberían de indemnizarle por responsabilidad patrimonial de la administración. Otra cosa es probarlo. Si bien la existencia de la llamada a la ambulancia y su intervención es muy importante a efectos probatorios deberíamos de estudiar la totalidad de la documentación. Además a los efectos de solicitar la máxima indemnización deberíamos aportar un informe médico forense (salvo que las cantidades que me indican fueran correctas) para probar el valor de los daños físicos y las secuelas.
En cuanto a los honorarios dicha cuestión la atendemos personalmente, pero podemos efectuar un contrato de cuota Litis, es decir, cobramos si usted cobra, aunque en este caso nuestros honorarios suelen ser superiores por el mayor riesgo que corremos en no cobrar el asunto. Aún así habría gastos que debería de hacer como Procurador y, en su caso, perito médico.
Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Lamentablemente no puedo ofrecer mis servicios bajo criterios de "cuota litis". Este un asunto que a falta de determinar la realidad objetiva de los hechos, los documentos, y la prueba disponible, puede ser exitoso.
Yo personalmente no recomiendo la "cuota litis" como criterio de pago de honorarios, pues la falta de veracidad en los hechos comunicados por el cliente, anulan esta forma proporcional de cobranza, quedando obligado igualmente a pagar los honorarios cuando por causa de una omisión -incluso involuntaria-el asunto se perdiera. Mejor ser consciente de todo desde el principio y asumir el riesgo.
Quedo a su disposición
Saludos
Alejandro Sanz-Bermell

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HDH ABOGADOS VALENCIA

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Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil General

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El problema es de "prueba", pero puede que Ud. tenga razón. Lamento decirle que nuestro despacho no atiende casos como el suyo a porcentaje.

Un saludo.

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