¿Pudo vender un póster con imágenes de viviendas de mi localidad?
Abogado protección de datos Barcelona - IP-Privacy, Legal Advisers®
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Nuevas Tecnologías
Buenas tardes,
Si sólo son “partes” de edificaciones: puertas, ventanas, portales…puertas de edificios, entiendo que sí se podría vender el poster porque no se identifica la vivienda y en mi opinión no se invade privacidad alguna… ahora bien, para los casos en que si se pueda identificar la vivienda habría que mirar dos cosas: 1) Tema privacidad, y 2) Sólo para tu conocimiento, depende de qué y que nivel artístico u original tenga, hay obras arquitectónicas que si son consideradas obras.
Pero, igualmente, cuentas con el límite establecido en el artículo 35,2 de la TRLPI.
Que tengas buen resto del día.
Quedo a tu disposición.
Saludos cordiales,
Mabel Cueto
IP-Privacy, Legal Advisers.
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Si no se ven más que elementos exteriores de las viviendas, en principio tratándose de cosa pública y sin que Vd. las identifique en las fotos, no encuentro problema en que lo publique.
Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
Abogado de Burgos especializado en Violencia de género
Si se han tomado desde la vía pública y no se muestran los interiores de las viviendas o personas que no han prestado su consentimiento, entiendo que no va a tener ningún problema.