Deuda con laseguridad social desde 1995

hola buenas desde el año 1995 tengo na deuda con la seguridad-social fui y pacte para pagar en dos años eso fue en el 1998 mas o menos por motivo x solo cumplí medio año con lo pactado al cabo de unos 5 años entre en una empresa a trabajar con nomina y me descontaban por embargo 300 euros mensuales así fue durante un año y 8 meses mas o menos me quede en paro y cobre el paro 1180 euros y no me embargaron nada esto pasa en el año 2010/11 empece a trabajar en otra empresa en el 2013 y me volvieron a embagar esta vez menos cantidad ya que también cobraba menos 30 euros al mes
la deuda al principio de todo era un millón de pesetas mas o menos la mayoría era intereses
cuando el embargo era de 300 euros la deuda subió 8000 euros pague unos 6500 euros en embargo
y lo bueno es que al día de hoy 2017 debo 7240 euros cobro la ayuda de 426 y me embargaron la cuenta con 27 euros que tenia que puedo hacer estará ya esto prescrito y si no me quejo me seguirán cobrando y subiendo los intereses me podéis orientar que en su dia ya pague 6000 euros o mas gracias de ante mano

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado Javier-Pozo, Gabinete jurídico Laboral-Social-Civil
  • 1 voto útil
Contestado

Buenos días,
Comentas que hoy debes 7240 euros a la TGSS
Debes asesorarte cómo solicitar al subdirector/a Provincial de Recaudación Ejecutiva de la TGSS (que actúa por delegación del Director) si es posible reducir los 27 euros/mes del embargo, para no agravar tu difícil situación económica, así como un reconocimiento de deuda para no generar más intereses.
Un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Contestado

Lamento comunicarle que las deudas a la Seguridad Social no prescriben, ya que las mismas van vinculadas a las prestaciones.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado