Deuda sucesión de herederos

En el año 2008 heredé una casa y la vendí en el 2009 no pagué la sucesión de herederos ya que no recibí ninguna notificación al respeto, mi pregunta es ¿tengo obligación de pagar?

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO DIVORCIO ELCHE ESTHER BARBUDO VAZQUEZ
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Cuando se acepta una herencia, se ha de presentar en el plazo de 6 meses desde el fallecimiento del testador o causante.

En caso de no presentarse, Hacienda si lo detectara podría reclamar la cantidad que corresponda con los recargos e intereses pertinentes.
Ahora bien,si transcurridos 4 años Hacienda le reclamara la deuda estaría prescrita.
Un saludo,

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Trinidad Leonarte

Abogado de Valencia especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones

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Si no presentó declaración en su momento el impuesto de sucesiones (lo mas seguro es que no hubiera tenido que pagar nada), no pudo inscribir la casa a su nombre en el Registro de la Propiedad. Ahora para solucionar eso, bastaria con presentar la declaración como prescrita, ya que han transcurrido 4 años y seis meses desde la herencia. Saludos.

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ABOGADO ACCIDENTE TRAFICO ALICANTE – Sentido Comun Abogados y Mediadores
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Buenas tardes,

Con total seguridad está UD. exento de pagar el impuesto de sucesiones si es familiar directo como por ejemplo hijo.

Pero por la fecha trascurrida, más de cuatro años, en caso de tener obligación ya habría prescrito la misma.

Saludos cordiales

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Entiendo que al transcurrir 6 meses y cuatro años desde la aceptación de la herencia, si es como usted apunta , la deuda está prescrita.

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