Disolución de condominio

Buenos días, ¿Puede uno elegir libremente la compensación económica en la disolución de condominio de un inmueble, o debe estar basada en el valor catastral del mismo o tasación,etc? ¿Existe algún mínimo?.
Gracias

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO DERECHO BANCARIO TERRASSA Joan Torcal Guerrero
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Buenos días,
el valor de un inmueble en una disolución de condominio lo ponen los comuneros si es de mutuo acuerdo. Si no hay acuerdo y hay que acudir al juzgado, convendrá según el caso aportar un valoración de un perito judicial.
La persona que reciba dinero a cambio de su porcentaje en el inmueble liquidará impuestos (IRPF o I. Sociedades) si hay incremento patrimonial o no respecto al importe recibido y el valor de adquisición.
Nuestro consejo es ponerse en manos de un profesional que negocie un buen acuerdo sin tener que llegar a un proceso judicial costoso y sin garantías absolutas de éxito.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Urbanistico Barcelona Frederic Lloveras

Abogado Urbanistico Barcelona Frederic Lloveras

Abogado de Barcelona especializado en Derecho Urbanístico

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Al final hay que estar al valor de tasación si las partes no se ponen de acuerdo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Advocat Gestor Patrimoni Terrassa MAURI ASSESSORS
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Buenos días,

Conforme con el compañero

Un saludo

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