Dos hipotecas , una al corriente y otra no.

Hola,tengo dos hipotecas a mi nombre. Una está al corriente de pago, la otra tiene casi tres cuotas pendientes. El banco me dice que esta última me la mandan a reclamación judicial. Me dicen que pueden actuar y embargar también la vivienda que está al corriente de pago. ¿Pueden hacerlo?

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Abogado Javier Sampedro

Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil

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Si con la venta o adjudicación de la vivienda primera (la que garantiza el préstamo con impagos) no consiguieran cobrar la totalidad de la deuda, podrían actuar contra el resto de bienes como, por ejemplo, el otro inmueble.

Ahora bien, aunque esa sea la regla general, tenga en cuenta que es frecuente que los préstamos hipotecarios estén llenos de cláusulas abusivas y que cada vez son más las normas que protegen a los clientes bancarios y especialmente cuando el bien hipotecado en su vivienda habitual. Es probable que tras el examen detallado de las escrituras de los préstamos hipotecarios se concluya que el banco tiene muy limitada su capacidad de actuación.

Estoy a su disposición en mi despacho profesional.

Javier Sampedro
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A. CAÑIZARES ABOGADOS, S.C.P.

A. CAÑIZARES ABOGADOS, S.C.P.

Abogado de Madrid especializado en Derecho Bancario

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En principio habría que conocer el texto de la hipoteca que está sin pagar para defendernos de una posible reclamación judicial por parte del Banco (si hubiese clausulas abusivas, intereses moratorios abusivos etc.) para minimizar al máximo la deuda y tratar de que con el bien garantizado por dicha hipoteca se cubra toda la deuda.

Quedo a su disposición para ampliar información.

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José Ángel de Villota Villota

José Ángel de Villota Villota

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Si se inicia una acción hipotecaria en principio se ejecuta el bien que se encuentra gravado por la hipoteca. Ahora bien si la deuda es superior una vez sacado a publica subasta el piso embargado si no cubre el princiapl intereses y costas pueden iniciar acciones judiciales respecto a mas a bienes.

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Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
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Buenos días: El banco sino se le paga puede embargar cualquier propiedad que sea suya, aunque exista una hipoteca en la que esté usted al corriente pago. Un saludo

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