Dudas sobre creación de asociación para la promoción del yoga.
ABOGADO PENAL CÁDIZ NV ABOGADOS
Abogado de Puerto de Santa María especializado en Derecho Penal Económico
Puede crear una asociación, para lo cual necesita redactar estatutos con un acta fundacional en la que se especificarían los fines de la asociación y darla de alta en el Registro de asociaciones de la Junta de Andalucía y en el IAE. La asociación no podrá tener ánimo de lucro pero sí obtener ingresos provenientes de sus actividades. No resulta obligatorio que todas las personas que impartan talleres sean socias aunque sí conveniente. Pueden participar por tanto usuarios sin ser socios y sí hace falta una licencia de apertura. La otra vía es crear una sociedad civil, lo que no le eximiría legalmente de darse de alta en el IAE ni de pagar licencia de apertura. Si me necesita para encargarme de la documentación y darle forma jurídica, no dude en contactar conmigo. Atte.
Hola, buenas tardes.
Se tendrá que dar de alta en el 036 por llevar a cabo actividades económicas.
Ahora se me presenta una duda, ¿se trata de una asociación sin ánimo de lucro o no? Es que una cosa no está reñida con la otra. Es decir, puede ser que usted lleve a cabo talleres en su asociación pero que el fin no sea lucrativo.
Tendría que mirar, entonces, la exención del IAE de los dos primeros años de existencia de la asociación y, por otra parte, como luego no llegará al mínimo exigido para tributar por ese particular, se mantendría la exención de dicho tributo, independientemente de que se haya dado de alta en el IAE, epígrafe correspondiente.
Puede contactarme para más información.