¿El nie y el permiso de trabajo van juntos en el caso de un matrimonio español-peruano?
Buenas tardes,
Entiendo que ha solicitado la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.
No tiene que solicitar un permiso de trabajo. En cuanto le sea concedida tiene "... derecho a acceder a cualquier actividad, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, prestación de servicios o estudios, en las mismas condiciones que los españoles, ..." (art.3.2 R.D. 240/2007).
Añadir que, aunque no se esté respetando, a mi entender, tiene derecho a trabajar desde ahora mismo, sin esperar a la resolución del expediente, puesto que el art.12.2 menciona cláramente que "La solicitud y tramitación del certificado de registro o de las tarjetas de residencia no supondrá obstáculo alguno a la permanencia provisional de los interesados en España, ni al desarrollo de sus actividades.".
Por si es de su interés, también añadir que la resolución favorable tiene efectos retroactivos, art.8.4, con lo que debe computarse desde la fecha de la solicitud para la adquisición de la nacionalidad española por residencia (1 año).
Espero haberle ayudado, Saludos.
Advocat Girona AC ABOGADOS Y MEDIADORES
Abogado de Girona especializado en Derecho de Familia
Buenos días, si como dice su matrimonio es totalmente legal en España (consta inscrito en el Registro Civil Español), su mujer ya es familiar de un Español y puede residir y trabajar en España pero debe solicitar la tarjeta de residencia de familiar de la Unión. Saludos cordiales.
ABOGADO GUARDA Y CUSTODIA GIRONA Miriam Paredes Espinar
Abogado de Olot especializado en Derecho de la Vivienda
Buenos días,
Entendemos que han solicitado permiso de residencia comunitario, por lo que no es necesario permiso de trabajo
Reciba un cordial saludo,