El padre de mi pareja puede perder su casa?

En realidad son dos preguntas.
Mi pareja vive en una casa a nombre de su padre pero de la que tiene una hipoteca por reformarla de la mitad del valor aproximadamente.

1. Él se puede considerar también propietario?

2. Por otro lado, si fuéramos en un futuro mis hijos ( no de él ) y yo a vivir allí, podrían perder mi pareja y su padre el usufructo de la casa?
Que seria lo mas correcto para todos?

Gracias

Respuestas de otros profesionales:
Premium
Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
  • 1 voto útil
Contestado

Buenas tardes

El hecho de que su pareja figure como cotitular de un préstamo hipotecario no le convierte en propietario de la mitad de la vivienda. Es deudor frente al banco pero no es propietario.

Si usted y sus hijos residen alla y el padre, que es el propietario lo autoriza, no hay problema alguno.

Mi consejo es que firmen un contrato de arrendamiento o comodato (cesión de uso, si no van a pagar renta), para que todos queden protegidos.

Lo que no acabo de entender es lo que comenta del usufructo, porque de la explicación que da no figura ningún usufructo.

Se puede poner en contacto con nosotros en el botón verde situado más abajo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
Contestado

Se considera propietario a la persona que consta inscrita como tal en el Registro de la Propiedad, si lo que tiene su pareja es una hipoteca para pagar las reformas de la vivienda no implica que tenga ningún derecho como titular del inmueble. En cuanto a la segunda pregunta, no queda muy claro qué es lo que quiere decir, pero si lo que pretende es evitar una posible ejecución sobre la vivienda, le aconsejo que realicen un contrato de arrendamiento en el que conste que es usted quien está residiendo en esa vivienda o bien realizar un contrato de comodato, como bien señalan mis compañeros. Si necesita más ayuda puede contactar con este despacho profesional. Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ABOGADO PENAL SABADELL Joaquim M. Zuriaga

ABOGADO PENAL SABADELL Joaquim M. Zuriaga

Abogado de Sabadell especializado en Derecho Penal Común

Contestado

Buen dias:

PREGUNTA 1ra: El hecho de tener un prestamo hipotecario no le convierte en propietario del inmueble, como prestamista (deudor) está obligado al pago del capital concedido por el banco.

PREGUNTA 2da: Si van a vivir en un inmueble que no es de su propiedad sin ningun tipo de contrato escrito que avale su estancia en él, dejan la puerta abierta a posibles problemas futuros. Para evitarlos le remito a la respuesta del compañero.

Quedo a su disposición por si lo considera oportuno

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
Basic
Abogado de divorcios Express online en Barcelona - Divortium
Contestado

Buenas tardes, el padre de su pareja no será propietario si no deudor del préstamo hipotecario. Por otro lado la situación que relata en su segunda pregunta lo único que haría sería retrasar el procedimiento.

Puede contactar con nosotros en el botón verde de más abajo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado