Eliminación de la cláusula suelo en solares
Eugenio Sanz - Abogado en Madrid
Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil General
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Estimado consultante: El hecho de que se trate de un solar es irrelevante a la hora de determinar si es reclamable o no. Lo que se debe tener en cuenta es si usted tiene la consideración de consumidor cuando firmó la hipoteca o no. Si adquirió el solar dentro de una actividad profesional o con el fin de dedicarlo a ella no podrá reclamarlo; en cambio, si lo firmó como particular para un uso al margen de cualquier actividad comercial, podrá reclamarlo. Un cordial saludo.
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Si se trata de un solar donde ha realizado su vivienda habitual o bien un solar no destinado a ningún tipo de actividad profesional o comercial, si que podría solicitarlo.