Embargo de la administración de hacienda

Tengo una pensión de 2056 euros y he recibido un embargo de hacienda de 1300 euros. mi pregunta es que es lo que me pueden embargar. tengo la pensión por enfermedad grave como es el cáncer y cobro el 100 por 100 de la pensión.

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Miguel Roca Abogado

Miguel Roca Abogado

Mediador de Palma de Mallorca

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Contestado

Entiendo que has recibido la primera Providencia de Apremio y el total de la deuda asciende a 1.300 euros.
Ello se recoge en el art.169.2 de la Ley General Tributaria "...los bienes se embargarán por el siguiente orden:
a) Dinero efectivo o en cuentas abiertas en entidades de crédito.
b) Créditos, efectos, valores y derechos realizables en el acto o a corto plazo.
c) Sueldos, salarios y pensiones.
d) Bienes inmuebles.
e) Intereses, rentas y frutos de toda especie.
f) Establecimientos mercantiles o industriales.
g) Metales preciosos, piedras finas, joyería, orfebrería y antigüedades.
h) Bienes muebles y semovientes.
i) Créditos, efectos, valores y derechos realizables a largo plazo. ...".
En este caso, y por esta cantidad, creo que irán directo a tu cuenta bancaria y si no basta a tu pensión. Espero haberte ayudado. Saludos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Mediador