Embargo de pensión por desempleo.

A mi ex le embargaron hace 4 meses la nómina porque me debe más de 20.000 euros en concepto de pensión alimenticia de mi hijo. Ahora no trabaja y quiero saber si la prestación o el subsidio por desempleo también es embargable y si para ello tengo que notificarlo al juzgado, gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Efectivamente es embargable, debe hablar con su abogado (es preceptiva su intervención) a fin de que presente los correspondientes escritos, solicitando la situación de prestaciones actual del mismo, así como el correspondiente embargo de las percepciones a que twenga derecho el padre en la actualidad.
Un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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CLARA BURGUI GUALDA

CLARA BURGUI GUALDA

Abogado de Alicante/Alacant especializado en Derecho de Familia

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Buenos días: la prestación por desempleo sí es embargable, por lo que efectivamente tendrá que comunicar al juzgado la nueva situación y las nuevas cantidades susceptibles de embargo para que proceda a ejecutar el emnargo sobre las mismas. Para cualquier duda o aclaración , le pongo mis datos a su disposición, sin ningún compromiso. Un saludo

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Paloma Bañuelos

Abogado de Alicante/Alacant especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes.
En relación a su pregunta efectivamente se puede embargar pensión de alimentos incluso por debajo del salario mínimo. Tiene que presentar mediante abogado un escrito para que proceda juzgado al embargo. Un saludo

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