¿En qué consiste el acogimiento?
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Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
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Buenos Días: Su hija tiene previsto el venir a España, pero no acogida por su hermana, lo que significaría que se encuentra en una situación de desamparo, lo que no es verdad, ya que es lo que cubre la seguridad social. Deberá de tener por tanto concertado un seguro sanitario alterno al de la seguridad social.Un saludo
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Su hija debe contratar un seguro médico privado. El acogimiento es una institución administrativa para niños en situación de desamparo. Su hija no es beneficiaria de la seguridad social
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