¿Es correc actualizar la pensión de alimentos en el primer año con nel ipc producido entre el mes de la sentencia y el mes de diciembre?

La sentencia de divorcio es de julio de 2012.Elconvenio ddice que se actualizara anualmente en enero con el ipc anual.La primera actualización se realizó en enero de 2013 con el ipc del periodo Junio a Diciembre y los demás años con el ipc de Diciembre a Diciembre (en Enero ).Ahora me reclaman atrasos en la pensión de alimentos porque aplican en la primera actualización el ipc completo del año 2012.

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Alejandra Perez Lopez

Alejandra Perez Lopez

Abogado de Gijón especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes,
Hay que leer bien el convenio y ver como está redactada la cláusula de la actualización porque es muy discutible que se deba actualizar su pensión desde diciembre de 2011 cuando esta pensión era inexistente.
Si el convenio hace referencia a que se actualizará anualmente en enero de cada año, evidentemente ha de ser de diciembre a diciembre para los años que siguen, pero para el primer año entiendo que ha de ser desde junio a diciembre, lo que me genera dudas es esa segunda referencia a ipc anual... por eso es necesario conocer bien la cláusula de la que hablamos para poder darle una respuesta más concreta.
Quedo a su disposición,
un saludo

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ABOGADO DIVORCIO OVIEDO GONZALEZ LAVIADA ABOGADOS
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Las actualizaciones son anuales. Las sentencias suelen indicar si la actualización se realiza con efectos de primero de Enero de cada año. Si es así se actualiza desde Enero a Enero. Si solo pone que las actualizaciones son anuales se realiza desde la fecha de la sentencia hasta la misma fecha del año siguiente.

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ABOGADO IMPAGADOS ASTURIAS ANB ABOGADOS
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Buenas tardes:

Entiendo que si se actualiza en enero con el ipc anual, es correcto. Lo que no es correcto, es que en su día se actualizase así de mutuo acuerdo, no se dijese nada, y ahora se lo reclamen.

Nos ponemos a su disposición si desea concertar una cita con nosotros.

Ana Nikolaeva
ANB ABOGADOS

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Abogado Divorcio Gijón Luján Meana Pañeda

Abogado Divorcio Gijón Luján Meana Pañeda

Abogado de Gijón especializado en Derecho Civil

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Si la parte contraria ha ejecutado la sentencia y se les están reclamando cantidades indebidas, tiene que oponerse a dicha ejecución, para lo cual tiene un plazo de 10 días hábiles.

Le aconsejo que si es así se ponga en contacto con un profesional que le asesore y le represente.

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Albina Florez Lorenzo

Albina Florez Lorenzo

Abogado de Gijón especializado en Derecho Civil

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Por lo que indica, la actualización de la pensión de alimentos se realizó correctamente, pero, tendría que ver la reclamación de atrasos que le están haciendo para poder argumentar la contestación a la misma.

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