¿Es esto explotación laboral?

Hola. Me tienen hecho un contrato de formación de 40 horas semanales y trabajo 12 horas mínimo todos los días.

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ABOGADO EXTRANJERIA MALAGA EadWeard Estudio Legal
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Buenos días, este tipo de contrato en relación al tiempo de trabajo efectivo se caracteriza porque deberá ser compatible con el tiempo dedicado a las actividades formativas, no podrá ser superior al 75% durante el primer año, o al 85% durante el segundo y tercer año, de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo o en su defecto de la jornada máxima legal.
Y comentarle que la retribución del trabajador debe ser proporcional al tiempo de trabajo efectivo, de acuerdo con lo establecido en el convenio.
Le recomendaría denunciara su situación.
Un saludo.

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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
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Lo que le recomendamos es que de parte a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a efectos de que levanten acta de lo que está sucediendo, para ser impugnado posteriormente.

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LABE Abogados

LABE Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado cliente: Dicha situación no es legal. Le recomiendo que denuncie dicha situación a la inspección de trabajo o presente demanda.

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