¿Es legal hacer el contrato de 30 horas y obligarte a trabajar 40 horas?

En mi empresa:
- te hacen el contrato de 30 horas y tienes que trabajar 40 horas.
- trabajo de camarera y mi categoría profesional es de limpiadora. Esta temporada me han puesto de ayudante de cocina.
-sólo te pagan la nómina de 30 horas. Alegan que es política de la empresa.
- soy fija-discontinua: no quieren despedirte, dicen que te busques otro trabajo si no estás de acuerdo con las condiciones.
-si no cumples las 40 horas, las que te faltan te las descuentan de las vacaciones.
Mi pregunta: ¿es todo esto legal?
Gracias y esperando su respuesta.

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Maria Antonia Martorell Heras

Maria Antonia Martorell Heras

Abogado de Inca especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes, la empresa debe asegurarte por todas las horas que trabajas, ante una situación como la tuya es recomendable recopilar pruebas (partes de trabajo en los que figure el horario real, grabaciones en las que la empresa reconozca estas irregularidades, testigos de estos hechos, etc). Luego puedes denunciar ante la inspección de trabajo o bien interponer una demanda y solicitar la diferencia de salario que corresponda así como la cotización de todas las horas trabajadas.
Por último indicarte que solo estas obligada a trabajar las horas que pone en contrato y si la empresa no esta conforme y procede a despedirte se tratará de un despido improcedente con la correspondiente indemnización.
Si precisas alguna aclaración no dudes en contactar conmigo, saludos!

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Javier-Pozo, Gabinete jurídico Laboral-Social-Civil
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Buenas tardes,
Debes mirar si en el contrato has firmado que se realizarían horas complementarias, así como si también complementarias voluntarias, y su modo de retribución o compensación por descanso.
En tu caso se trata de un contrato a tiempo parcial (30 horas/semana) de temporada por menos horas de la jornada ordinaria (40 horas/semana), sería aplicable el régimen de las horas complementarias.
Si precisas alguna aclaración no dudes en contactar conmigo, saludos!

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Asesoría laboral Jaén Rosario Paredes

Asesoría laboral Jaén Rosario Paredes

Abogado de Jaén especializado en Derecho Laboral

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Buenos dias

Legal no es, puedes interponer denuncia ante la Inspección de Trabajo, o firmar los partes diarios de trabajo poniendo tu horario real.
Y despues demandar la diferencia.
Un saludo

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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
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Tendría que presentar denuncia ante Inspección de Trabajo, exponiendole todos los echos antes de iniciar ningún otro tipo de medida legal.

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