¿Es legal que cambien la cerradura y tenga que bajar a mi trastero por otro lado?
AOH MEDIADORES MERCANTILES Y CIVILES
Mediador de Madrid especializado en Derecho de Sociedades
Muy Señor mio:
Entiendo que la comunidad tendría que darle copia de la llave no obstante es necesario ver los estatutos de la Comunidad o llegar a un acuerdo.
Le aconsejo vivamente un intento de mediación con la comunidad para resolver este asunto. la mediación es un procedimiento novedoso, que pretende evitar juicios, y muy efectivo en casos en que la relación ha de continuar en el tiempo. El acuerdo tiene la misma validez que una sentencia y en caso de que falle puede acudir siempre a la via judicial, pero el grado de exito es grande.
Espero esta información le sea util y la valore incluyendo algún comentario o que le ha parecido, quedo a su disposición por si apuesta por este procedimiento novedoso.
Un cordial Saludo
Abogado Responsabilidad Civil Madrid - Algarra Abogados
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia
Buenos días,
Si el garaje no tiene acceso peatonal, tendrá acceso directo desde el inmueble, luego lo normal es que tenga usted posibilidad de acceder utilizando el ascensor. Si esto no es posible el cambio que se ha producido tendrá que estar aprobado por la junta de propietarios, en cuyo caso usted tendría que haber impugnado ese acta. Si no lo ha hecho, dependiendo de los plazos tendría que impugnar ese acta y mientras tanto la comunidad le debería permitir utilizar el acceso a través del portal para acceder a su trastero.
Conviene que lo revise todo un abogado. Somos especialistas en derecho civil por lo que si lo desea puede contactar con nuestro despacho.
Atentamente,
Abogado Laboral Pozuelo de Alarcón - David Arias Fernandez
Abogado de Pozuelo de Alarcón especializado en Derecho de la Seguridad Social
Buenas tardes,
Lo lógico es que usted disponga de una copia de la llave de esa cerradura al dar la puerta acceso al trastero o trasteros, ya que no indica si hay más trasteros.
Es de suponer que si se ha cerrado un acceso que ha estado en funcionamiento habitualmente se comunique por el administrador de la Comunidad a los vecinos exponiendo las razones.
Con los antecedentes que comenta poco más le puedo asesorar.
Previamente a realizar cualquier acción o tomar cualquier decisión, le recomiendo que hable con el presidente y/o administrador de la Comunidad y le informen sobre lo ocurrido.
Atentamente.
Buenos días, en primer lugar deberíamos consultar los estatutos de la comunidad, así como el acta en el que se aprueba el cambio de la cerradura para ver si se adoptó con las mayorías necesarias.
Asimismo, el acceso por la rampa del garaje representa un peligro tanto para usted como para los vehículos, siendo una situación contraria a los usos y normas establecidas. Exija le entreguen copia de las llaves.
Si tiene cualquier duda consulte con nosotros.
Un saludo
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes, en ese caso deberíamos conocer si dicha modificación se ha producido por una junta de propietarios, donde deberá impugnar dicha acta. En caso de no haber tomado dicha deberá reclamar a la comunidad dicho acceso, solicitando las llaves. Si lo desea oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, puede concertar una cita en mi despacho, donde atenderemos su consulta detalladamente. Reciba un cordial saludo.
Abogado Familia Alcobendas AJM ABOGADOS
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Procesal
Muy señor mío;
Entiendo la situación debería reclamar a la comunidad las llaves pues entiendo que no es. Legal la situación y debe seguir teniendo acceso como siempre. No ibsatante entiendo sería conveniente ver los estatutos de la comunidad y propiedad horizontal
Le ruego valore la respuesta y realice algún comentario valorando la respuesta
Un cordial saludo
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
Buenos días: En principio este acuerdo debió haberse adoptado en junta por la comunidad de propietarios y en todo convocarle a usted y notificarle los acuerdos para que usted sino esta conforme pueda impugnar dicho acuerdo y en todo caso deben facilitarle una copia para que usted acceda al trastero.
Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
Abogado de Madrid especializado en Responsabilidad Civil
Coincido con los compañeros, pida la llave que ha sido cambiada. Respecto al acceso al trastero habrá que ver si los estatutos regulan algo al respecto.
Saludos
Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
Si el cambio se aprobó en junta de propietarios y no se ha impugnado, habría que valorar la posibilidad de hacerlo ahora.
Abogado Derecho inmobiliario Madrid - Despacho Jurídico Alvarez Pulido
Abogado de Rozas de Madrid especializado en Contencioso Administrativo
Para ello se requiere un acuerdo de Junta. Puede contactar con este despacho