¿Es válido el envío de un acuerdo de pagos firmado y escaneado?

Me envió el banco (que no tiene central o sucursal en mi Ciudad), un acuerdo para que lo firme y lo remita por correo con acuse de recibo a mi cargo. Yo lo firmo y lo escaneo y se lo mando por correo electrónico. Me dicen que NO es de recibo el mismo y que No es válido. Por lo tanto no lo admiten y me siguen acosando para que lo remita por correo como ellos dicen y me siguen aumentando intereses por no hacer el trámite como ellos dicen. ¿Es legal eso?
Gracias.

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ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
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El contrato no se ha celebrado y ni usted ni el banco se han obligado conforme al contenido del documento que se le ha remitido por correo.
El "trámite" cuya legalidad cuestiona solo tiene por objeto posibilitar el perfeccionamiento de un contrato entre ausentes (usted y el banco)lo que se articula en este caso mediante correo postal con la devolución del documento debidamente firmado. La sustitución unilateral de este proceder debido por el escaneo del documento y su remisión mediante correo electrónico ha de ser aceptada por el banco en todo caso, pero no puede usted imponerla sin más como pretende. Por tanto al no aceptarse por el banco se frustra la celebración del contrato. Su negativa a seguir las indicaciones recibidas es válida a lo sumo a efectos de no vincularse conforme al documento que se le remite, pero no sirve además para imponer al banco su valor como aceptación del contrato que se ha iniciado por correo y debe culminarse igual. El escaneo del documento y su remisión por email aunque conste recibido tampoco equivale sin más a su posesión efectiva por el banco por lo que no se entiende celebrado el contrato en el lugar y fecha que indica. Si me permite la expresión se esta usted pegando un tiro en el pie al obrar así ya que se esta privando de los beneficios que se le derivan de la formalizan del contrato y esta facilitando al banco la excusa para justificarse. El "trámite" que cuestiona esta puesto en su interés tanto o más que en interés del banco y no en beneficio exclusivo del banco como pudiera usted creer. Lo que se busca es dar cumplimiento a las exigencias que derivan de la buena fe, el uso y la ley.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO BALEARES Vicente Autonell

ABOGADO BALEARES Vicente Autonell

Abogado de Inca especializado en Derecho Penal

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Lo que pretende la oficina bancaria es tener su firma original plasmada en el contrato
Entiendo que debería valer el documento escaneado y suscrito por usted pues el banco puede probar que le envío al e-mail junto con el documento y que usted se lo reenvió por el mismo conducto y desde su dirección, escaneado y firmado
Debe ser la política del banco de querer tener físicamente los documentos y sobre todo su firma original y, y ello para el supuesto de que usted, en caso de incumplimiento del contrato, poder realizar una prueba pericial caligráfica a sobre el documento, pues sobre una fotocopia es difícil, aunque no imposible, analizada la firma.

Pero en todo caso contarían con el e-mail que le enviaron junto con el documento Y la contestación que usted le remitió junto con el documento escaneado y firmado.

Si en algo me precisa no dude en llamarme.

Un abrazo.

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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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Habría que ver la documentación y concretar si en el contrato se fija algún tipo de estipulación sobre el perfeccionamiento. Dado que el contrato se firma no en unidad de acto, es por lo que el Banco quiere cerciorarse de que es usted el firmante original del documento y de ahí que le pida la remisión por correo con acuse de recibo ya que en caso contrario entiende que el contrato no se ha perfeccionado.

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