Escriturar por más valor que la compraventa del piso

Los posibles compradores me piden que se infle el precio de venta para que el Banco le pueda dar el 80% de la hipoteca, pues toman el precio más bajo entre tasación y compraventa. La tasación se la hacen en 140.000€ y el precio real que yo pido es de 110.000€, por tanto le concederían el 80% de venta, y con eso no llegarían.
Me dicen que en la escritura figuraría 130.000€ pero el banco me daría un talón de 110.000€, y la duda es: ¿cómo se declara ese desfase entre una cantidad entregada y otra escriturada?
Me comentan de hacer un contrato privado de arras por ese valor, pero ¿nunca vería ese dinero pero si tendría que declararlo?
Estoy perdida, pero es que me urge vender el piso porque no puedo pagarlo. Ellos se harían cargo de ese incremento patrimonial (de la diferencia).
Muchas gracias

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VELA ABOGADOS

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Bancario

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Buenos días. Si aceptas aumentar el precio en escritura, no sólo aumentará el valor del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía Municipal), sino que también se verá afectado tu IRPF, ya que tendrás que declarar la ganancia patrimonial obtenida por la venta de la vivienda. Para calcular la ganancia patrimonial se resta el valor de transmisión del valor de adquisición actualizado mediante un coeficiente que varía en función del año en que el inmueble fue adquirido. Así pues, si aumentas el precio de venta, la ganancia patrimonial también aumentará y habrás declarado de más sin haber recibido el dinero. Si necesitas más información, no dudes en contactar con nosotros. Un cordial saludo. Cristina.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado civil y penal Madrid Cariatide Abogados

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Abogado de Moralzarzal

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Sin lugar a dudas lo que por un lado le beneficia al conseguir la venta, por otro le perjudica, pues la Plus Valía hay que pagarla. Puede mencionar este detalle al comprador para que en el propio contrato se haga cargo él de la Plus Valía. Otra historia es el beneficio obtenido por la venta. Hacienda está muy encima de estas operaciones, por lo que no lo aconsejo.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Comparto totalmente la tesis de mi copañero.

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