¿Estoy incumpliendo sentencia si mi hija de 17 años no quiere ir con su padre?
Advocat Immobiliari Reus - Cristina Budí
Abogado de Reus especializado en Derecho Inmobiliario
Buenas tardes
La opinión de su hija a su edad es vinculante para los Tribunales por edad y por madurez. El incumplimiento del régimen solo puede llevarse por la vía civil. Para ello el padre de su hija debería presentar demanda de ejecución de la sentencia. Mientras esto no pase, intente mantenerle informado puntualmente de la evolución de su hija y que su hija de algún modo se comunique con él informándole de su evolución. Si presentase la demanda de ejecución para reclamar el cumplimiento del régimen, Usted podría presentar la oportuna oposición a su petición (con los argumentos que expone) por lo que provocaría un procedimiento. Con un poco de suerte transcurrirían los 10 meses que necesita para que llegue su mayoría de edad.
Si precisa de un asesoramiento más detallado o que pueda ayudarla en algún sentido, quedo a su disposición.
Saludos
Buenas tardes
Le oriento con mucho gusto. El incumplimiento del régimen de visitas requiere alguna actividad deliberada tendente a ello, y aquí no lo hay. Una persona de 17 años está a punto de cumplir la mayoría de edad y por tanto usted no está incumpliendo nada. Yo lo que aconsejo es que se pida al Juez la emancipación para que desde ahora mismo ya pueda decidir por sí misma y así se adelante usted a las medidas que pida el padre.
Estimada cliente: Entiendo que no se está incumpliendo nada ya que su hija tiene la madurez suficiente para no querer ir. Así, si el padre le mandase, usted se podría oponer.