Extinción de condominio y compensación económica.
Tiene dos problemas, una casa en copropiedad, que se extingue con una escritura, y no hay problemas. Se valora a precio de mercado, o cuando menos se le da el valor a efectos de impuestos, y eso es el activo; pero también tienen un pasivo, lo que resta de hipoteca. A usted le corresponde la mitad de cada cosa, y si él se queda con toda el activo, y el pasivo, se queda también con el resto de la hipoteca, y le compensa con 6.000 euros; es decir, para él la parte positiva de su vivienda son 12.000 euros.
El tiene derecho a reclamar la mitad de la hipoteca, y usted una compensación por el uso de su 50%, pero entiendo que es más eficaz que no se reclamen nada.
El se quedará con la casa, pero usted seguirá de prestataria en el contrato de préstamo hipotecario.
Abogado Administrativo Madrid - Diego Écija Villén
Abogado de Madrid especializado en Derecho Administrativo
Entiendo que si el piso cuesta 200.000 € y quedan 130.000 €, se han pagado 70.000 €; habría que saber cuanto ha pagado cada uno de esta cantidad, así como lo que pagaron cada uno de los gastos de la adquisición (supongo que el 50% cada uno) para poder realizar la división y adjudicación de los bienes de la sociedad de gananciales -en este caso supongo que únicamente el piso- de los 130.000 e de la hipoteca, le corresponden pagar a cada uno 65.000 €; él manifiesta que se queda con el pago de toda la hipoteca, pero también se queda con la propiedad del piso. todo debería quedar plasmado en el correspondiente documento; pero en todo caso usted no debe percibir menos de lo que ha aportado.
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
Buenas tardes: Entiendo que se trata de liquidar la sociedad de gananciales en este caso hay que traer a colación todos los bienes que componen la sociedad y sería el activo de la misma, a deducir el pasivo, que sería lo que quedaría de hipoteca, y eso sería el patrimonio neto a dividir entre dos. La valoración es la de mercado que puede hacer cualquier profesional o si están de acuerdo cualquiera agente de la propiedad inmobiliaria, además la otra parte puede exigirle que se considere un crédito a su favor por el importe del 50% de hipoteca que haya satisfecho en solitario y que le correspondería a usted. Un saludo.