Extinción de condominio y compensación económica.

Tengo un piso al 50 % con mi ex el vive en la casa hace tres años pagando hipoteca y gastos, quiere quedarse el piso, comprando mi parte, pero dice que me da 6000 euros y pagar los gastos. Mis preguntas son

¿Puedo pedirle más? Ya que el piso cuesta más de 200000 y quedan 130000 de hipoteca.

¿Puedo pedirle un alquiler o compensación por el tiempo que ha vivido sin arreglar los papeles?, ya que yo me tuve que buscar la vida y el solo pagar 350 e de hipoteca y encima me dice que me va a reclamar el tiempo que lleva pagado.

¿Si me obliga judicialmente a la extinción porque yo no acepto ese dinero, cuanto me correspondería? ¿Y cómo podría salir de la hipoteca?

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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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Tiene dos problemas, una casa en copropiedad, que se extingue con una escritura, y no hay problemas. Se valora a precio de mercado, o cuando menos se le da el valor a efectos de impuestos, y eso es el activo; pero también tienen un pasivo, lo que resta de hipoteca. A usted le corresponde la mitad de cada cosa, y si él se queda con toda el activo, y el pasivo, se queda también con el resto de la hipoteca, y le compensa con 6.000 euros; es decir, para él la parte positiva de su vivienda son 12.000 euros.
El tiene derecho a reclamar la mitad de la hipoteca, y usted una compensación por el uso de su 50%, pero entiendo que es más eficaz que no se reclamen nada.

El se quedará con la casa, pero usted seguirá de prestataria en el contrato de préstamo hipotecario.

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Abogado Administrativo Madrid - Diego Écija Villén
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Entiendo que si el piso cuesta 200.000 € y quedan 130.000 €, se han pagado 70.000 €; habría que saber cuanto ha pagado cada uno de esta cantidad, así como lo que pagaron cada uno de los gastos de la adquisición (supongo que el 50% cada uno) para poder realizar la división y adjudicación de los bienes de la sociedad de gananciales -en este caso supongo que únicamente el piso- de los 130.000 e de la hipoteca, le corresponden pagar a cada uno 65.000 €; él manifiesta que se queda con el pago de toda la hipoteca, pero también se queda con la propiedad del piso. todo debería quedar plasmado en el correspondiente documento; pero en todo caso usted no debe percibir menos de lo que ha aportado.

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Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
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Buenas tardes: Entiendo que se trata de liquidar la sociedad de gananciales en este caso hay que traer a colación todos los bienes que componen la sociedad y sería el activo de la misma, a deducir el pasivo, que sería lo que quedaría de hipoteca, y eso sería el patrimonio neto a dividir entre dos. La valoración es la de mercado que puede hacer cualquier profesional o si están de acuerdo cualquiera agente de la propiedad inmobiliaria, además la otra parte puede exigirle que se considere un crédito a su favor por el importe del 50% de hipoteca que haya satisfecho en solitario y que le correspondería a usted. Un saludo.

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