FINIQUITO, FOGASA Y CMAC
Estimado/a amigo/a, el planteamiento parece correcto, y podrá usted también solicitar esos 8 días a Fogasa. No obstante, debe tener en cuenta que Fogasa paga bajo ciertos límites, como por ejemplo no más del doble del salario mínimo interprofesional por mes. Por otro lado, la actitud de la empresa ofreciéndole más indemnización hace pensar que quizás el despido es improcedente y son conscientes de ello. La diferencia no vendría a estar tanto en el número de días por año, sino en el límite de mensualidades, y es que mientras que en el despido objetivo el límite son 12, en el improcedente pueden ser 24 o incluso 42 dependiendo de su antigüedad en la empresa.
Advocat Divorci Granollers GR LEGAL
Abogado de Granollers especializado en Derecho de Familia
Buenas Tardes:
El hecho de que le le ofrezcan pagarle 10 días mas por año permite presumir que podría tratarse de un despido improcedente, con lo cual, dependiendo de su antigüedad en la empresa, se podrían conseguir, a grosso modo, 45 días por año trabajado.
Nuestro consejo es que consulte con un abogado antes de que transcurran 20 dias desde la fecha del despido.
Abogado Santa Coloma - Coloma Legis Abogadas
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Laboral
Además de lo que le ha indicado el compañero, debe tener en cuenta que, de esos 10 días más que le ofrece la empresa, deberán ser liquidados por la empresa en su totalidad, puesto que las mejoras no las asume el FOGASA. Nuestro consejo es que antes de aceptar, valore las propuestas con un abogado.
Además de lo dicho por los dos compañeros anteriores le informo que deberá tener sentencia o bien acuerdo en conciliación judicial, ya que el FOGASA no se hace cargo de las indemnizaciones pactadas en CMAC.