Grieta en fachada edificio de la comunidad

Buenos días, tenemos una grieta de unos 6 metros en el bloque de la comunidad. Las valoraciones de los técnicos indican que es posible reparar la zona afecta, sin tener que ejecutar la obra en todo el edificio, sin embargo la mayoría de los copropietarios quieren que se haga la rehabilitación total de la fachada.
En el caso de que se apruebe en junta este 2º supuesto ¿Tengo que pagar las derramas que estas obras ocasionen?

Muchas gracias,

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Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
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Le recomiendo acudir a la Junta y oponerse a la rehabilitación de la zona no afectada. Teniendo en cuanta que el arreglo sería puramente ornamental, ya que según los técnicos no afecta a la edificación, podría negarse a pagar las derramas y cuando le demandaran, si lo hacen, alegar lo que le acabo de decir y muy probablemente ganara el pleito. No esta obligado a pagar derramas para ornamentación, si para mantenimiento y reparaciones que afecten a la estabilidad, estructura del edificio y a su habitabilidad.

Saludos

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Abogado Urbanismo Madrid INMOURBANISMO

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Inmobiliario

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Hola buenos días:
La fachada es un elemento común de la Comunidad de Propietarios y en el caso de que se apruebe la reparación de toda la fachada, tendría que pagar las derramas correspondientes porque se trata de una zona común que afecta a todos los propietarios. Lo único que podría hacer en el caso de que no estuviera de acuerdo es impugnar el acta de la Junta alegando que no es necesaria la reparación total de la fachada y que es posible realizar una reparación parcial. Pero tendría que demandar a la Comunidad, meterse en un pleito, aportar informes periciales que demostraran que realmente no es necesaria dicha reparación, pagar abogado y procurador (salvo claro está que ganara, en cuyo caso, la imposición de las costas serían de cargo de la Comunidad, siempre que el juez así lo estimara)... Si necesita más información, puede ponerse en contacto conmigo a través del botón verde situado mas abajo.

Gracias

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Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
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Buenos días: Creo que lo oportuno es que haya un informe pericial que determine la obligatoriedad y necesidad de las obras y en suc aso la conveniencia, para someterlo a debate y votacion en la junta de propietarios, que si se adopta el acuerdo por mayoria vincula y obliga a todos los propietarios, salvo que respecto a las obras que no sean obligatorias, haya salvado su vota en la junta e impugne judicialmente los acuerdos adoptados.

Un saludo

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Cuéntanos Asesores

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Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Civil General

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Buena tardes, es fundamental que acuda a la reunión y se aponga al acuerdo. Usted está obligado a abonar las obras necesarias para el mantenimiento del edificio pero no aquellas que sean por ornamento o porque a los vecinos les guste más o menos, de forma que no estaría obligado a abonarlo.

Un saludo

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Esdeley

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Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones

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En efecto.

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