Hay costas en un juicio de faltas si se recurre la sentencia?

He ganado un juicio de faltas en el que se condena al demandado al pago de una multa de 200€ y al pago de las costas, pero ha recurrido la sentencia. En internet he leido que las costas en estos juicios no se pagan pero mi pregunta es, ¿habrá costas puesto que se ha recurrido la sentencia?
Gracias

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Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
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Evidentemente, habrá costas si Ud. ha utilizado los servicios de abogado, procurador (o perito, en su caso) como demandante, aunque no exista obligación legal de contar con tales servicios en un procedimiento penal de faltas. Por lo tanto, el pago de los honorarios de tales profesionales que le hubieran asistido en el proceso deberá asumirlo el demandado.
Otra cosa son las tasas judiciales, de las cuales están exentas los procedimientos penales, como éste de faltas. Espero que mi respuesta le haya servido de ayuda. Jesús Villodre.

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ABOGADO DIVORCIO VALENCIA Lola Tormo

ABOGADO DIVORCIO VALENCIA Lola Tormo

Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia

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Si hay condena en costas por supuesto que hay que pagarlas,y si se recurre y la sentencia es ratificada las costas incluso pueden ser mayores.Si la condena es de una multa de 200 euros con las costas y las del recurso le saldrá muy caro.
LOLA TORMO-abogados-VALENCIA
615 517 528

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ABOGADO PENALISTA BARCELONA - IGH ABOGADOS PENALISTAS
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La sentencia que resuelva el recurso será la que determine si hay o no condena en costas, pronunciandose tanto respecto a las costas de la primera instancia como respecto a las costas del recurso.

IGH Abogados Penalistas
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