¿Hay plazos o no en la nulidad de pleno derecho?

En juicio por herencia y no contestarme en tiempo suficiente, se me pasaron los cinco días para alegar. Yo no le he pagado al abogado, por lo que el inicio una jura de cuentas en octubre de 2011 y hay un proceso de embargo de una casa con fecha mayo de 2012. Me gustaría saber si hay posibilidad de nulidad del caso, por el tiempo transcurrido o no existe plazo para estas actuaciones. Muchas gracias.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Contestado

Buenos días: Si mantiene un procedimiento vivo, el caso no se anula aunque la justicia es muy lenta y quiza tarde tiempo en producirse los actos que se solicitan en el juzgado, pero tiene que tener actividad, porque de lo contrario le pueden archivar si está en ejecución. Puede valorarme la respuesta que le acabo de facilitar. Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado