Herencia de primos a primos

Mis primos son muy mayores y aunque tienen una hija, hace muchos años más de treinta que no se hablan con ella ni ésta los atiende. Siendo yo para todo. Ahora quieren hacer testamento a mi favor. No tienen hermanos.Mis preguntas son: Si yo podré tener el día que falten problemas con su hija, si aparece. Y que porcentaje tengo que tributar por esa herencia. Gracias.

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ABOGADO IMPAGADOS ASTURIAS ANB ABOGADOS
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Buenos días:

Totalmente de acuerdo con mi compañero. Su hija tiene derecho a heredar, y solo un tercio de los bienes es de libre disposición (y ello es lo que ellos podrán poner en el testamento a su nombre).

No obstante, si existe mala relación, existen posibilidades para que ella no herede, aunque son complicadas. ¿Sus primos tienen algún tipo de enfermedad o discapacidad? Podrían desheredar a su hija en caso de que ésta no les hubiese prestado la atención debida. De todas formas, debo advertirle que es muy complicado y debe estar bien probada la situación de desatención durante esos 30 años.

Nos ponemos a su disposición para concertar una consulta si lo desea.

Un saludo,

Ana Nikolaeva
ANB ABOGADOS

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Alejandra Perez Lopez

Alejandra Perez Lopez

Abogado de Gijón especializado en Derecho de Familia

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Buenos días,
La hija de sus primos tal y como está la ley ahora mismo es legitimaria y la única forma de que no heredase sería desheredarla en testamento, para ello su primo o prima debe dar razones suficientes y poder acreditarlo.
Es posible que si la desheredan en un futuro cuando fallezcan sus primos ella quiera impugnar esa deheredación y le corresponderá a vd acreditar que las causas para desheredar son ciertas, cosa nada sencilla.
En cuanto al impuesto va a depender de lo que se herede y de cómo esté la legislación en ese momento.
Quedo a su disposición.
un saludo

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Abogado de Familia Oviedo Egolegal

Abogado de Familia Oviedo Egolegal

Abogado de Oviedo especializado en Derecho Civil

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Es un tema que ha de estudiarse. La heredera de sus primos es la hija que tienen. Usted tendría derecho, en caso de que otorgaran testamento a su favor, a un tercio de la herencia. En cuanto al Impuesto de Sucesiones que Usted tendría que pagar depende de la cuantía y del tipo de bienes que herede, dinero, inmuebles, etc..
Puede consultar a este Despacho y le asesoraremos los mejor posible.

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Pedro Olmedillo Hermoso

Pedro Olmedillo Hermoso

Abogado de Irun especializado en Derecho Civil

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Su prima tiene derecho a la legítima de su padre, por lo que a usted su tío solamente le podrá dejar en testamento el tercio de libre disposición. En cuanto a lo que tributará por lo que su tío le deje en herencia dependerád del valor de los bienes heredados.

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