Hijos en pareja de hecho inscrita

Mi pareja y yo somos pareja de hecho legal. La vivienda está a nombre de los dos y tenemos un hijo de 3 años. Mi sueldo es de 850 euros y el de el de 1400. Hasta ahora yo soy la que me encargo de mi hijo, colegio, médicos, todo en general, el tiene turno partido. ¿En caso de separación, que pasaría con la vivienda? ¿Podría pedir custodia compartida? Yo había pensado pagar vivienda y gastos del niño al 50% o incluso yo pagar más de la vivienda y quedarme en ella, ya que mi hijo tiene colegio, médico y su vida allí.

Respuestas de otros profesionales:
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Lopez Sanchez Abogados

Lopez Sanchez Abogados

Abogado de Betanzos especializado en Derecho Civil

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En caso de separación hay tantas opciones como ustedes deseen. Si optasen ustedes o el juez por custodia compartida, el piso podría seguir a nombre de ambos, pagando ambos la mitad de los gastos de hipoteca, seguros, impuestos... y residiendo siempre el menor, siendo ustedes los que se desplazasen en cada uno de los períodos. Podría ser también custodia compartida y adjudicarse el uso y disfrute de la vivienda para uno de los progenitores.
Cada vez más los jueces tienden a otorgar la vivienda a uno de los progenitores pero con límite de uso por ejemplo de 2 años, y pasado ese tiempo el progenitor que ha vivido en el inmueble está obligado a abandonarla para venderla y repartir la cantidad entre ambos progenitores o que uno de los progenitores le compre la mitad del piso al otro progenitor.
Igualmente y aunque la custodia fuese íntegramente para uno de los progenitores lo ideal siempre es liquidar la sociedad, en este caso el piso que tienen en común para que cada uno finalmente se quede con lo suyo, y que sea el progenitor que se quede con la vivienda el que esté obligado a pagar los gastos de dicha vivienda, bien vendiendo su parte a uno de los progenitores o vendiéndola y repartiendo la ganancia a partes iguales.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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García & Garrido Abogados

García & Garrido Abogados

Abogado de Sevilla especializado en Derecho de Familia

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Buenos días,
Primero lo que deben valorar es si ustedes pueden llegar a un acuerdo o si tendrán que estipular las relaciones paterno-filiales de manera contenciosa. En caso de ser de mutuo acuerdo ustedes pueden regular sus pretensiones en torno a lo que afecten al menor (guarda y custodia, uso del domicilio, pensión de alimentos, régimen de visitas) y las pretensiones que afecten a las partes (uso del domicilio, pensión compensatoria, división de bienes comunes) debiera realizarse otro procedimiento pero bastantes juzgados permiten unir las dos clases de pretensiones en un procedimiento de mutuo acuerdo y por tanto podrían realizar los acuerdos que ustedes decidan.
En caso de tener que hacerlo de forma contenciosa, cada progenitor solicitará las medidas que le convengan en un procedimiento en cuanto a la guarda y custodia del menor, pensión de alimentos para él y uso del domicilio para el menor, y el juez resolverá.
Lo mas conveniente es que se ponga en contacto con un profesional que le aconsejará lo mejor para sus intereses. Nuestro despacho estará encantado de ayudarle, somos especialistas en derecho de familia.
Un saludo.

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ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEVILLA María del Carmen Rosa Morón
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Buenas tardes:
Usted plantea un abanico de posibilidades que pueden darse todas, y que en el caso de regirse por una demanda de mutuo acuerdo son mucho más fácil de tramitar judicialmente hablando tanto en tiempo como en costes.
En caso de que fuese contencioso también sería posible que la vivienda quedase a favor del menor con el progenitor que tenga la custodia y en este caso, con la madre, que es lo habitual, y máxime en su caso que por motivos laborales, su padre tiene más dificultad por el tipo de jornada, partida, que dispone. Así mismo se tendría en cuenta el nivel de ingresos, y en este caso al ser el suyo menor, el uso de la vivienda igualmente le correspondería junto con su hijo.
Habría que estudiar su caso en concreto, lo que le indico son unas pautas generales en atención a las cuestiones que plantea.
Saludos

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ABOGADO HERENCIAS SEVILLA Juan Gilabert

ABOGADO HERENCIAS SEVILLA Juan Gilabert

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil

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Siempre se puede pedir la custodia compartida, o bien optar por el régimen más habitual de custodia para la madre y establecer un régimen de visitas y pensión de alimentos al padre, la casa se la quedaría el hijo (y el progenitor que tenga la custodia), el principio por el que se rige la ley es primar el mayor interés del menor.
Todo esto es a modo de esquema pues lo que se debe hacer es estudiar el caso concreto, y ver cual es la mejor solución para la familia.
Quedo a su disposición para todo lo que pueda necesitar y llegado el caso tramitarle el convenio regulador.

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Abogados, Cava

Abogados, Cava

Abogado de Lora del Río

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Buenas,

Son muchas las preguntas que realiza, pero a groso modo podemos contestarle que en el caso de la separación podría usted seguir viviendo en la vivienda con el menor, ( se podría llegar a una cuerdo con el para quedarnos con la titularidad de la vivienda) el podría pedir la custodia compartida aunque habría que lucharla y regularizaríamos todo lo relativo a los alimentos, gastos extraordinarios, régimen de visitas...

Para seguir resolviendole dudas pueda contactar con nosotros sin compromiso

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Sillero Abogados - Manuel Sillero Onorato

Sillero Abogados - Manuel Sillero Onorato

Abogado de Sevilla especializado en Despidos

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Estimada Sra.

En caso de separación tendría ud. mas derechos de lo que esta cuestionándose solicitar.

Le sugiero que solicite cita y le asesoraremos.

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