Hola hice un contrato a los inquilinos de 1 año prorroglable a tres pero quiero recuperar
Claro que puede si necesita la vivienda para su uso personal. De hecho la ley prevé este supuesto e indica que No procederá la prórroga obligatoria del contrato si, una vez transcurrido el primer año de duración del mismo, el arrendador comunica al arrendatario que tiene necesidad de la vivienda arrendada para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial. La referida comunicación deberá realizarse al arrendatario al menos con dos meses de antelación a la fecha en la que la vivienda se vaya a necesitar y el arrendatario estará obligado a entregar la finca arrendada en dicho plazo si las partes no llegan a un acuerdo distinto.
Por lo tanto envíe un burofax al inquilino manifestando su necesidad de recuperar la vivienda y no debería tener problemas.
Saludos
Cristina Accarino
Abogado Urbanistico Barcelona Frederic Lloveras
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Urbanístico
Si, por necesidad propia o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial. La referida comunicación deberá realizarse al arrendatario al menos con dos meses de antelación a la fecha en la que la vivienda se vaya a necesitar y el arrendatario estará obligado a entregar la finca arrendada en dicho plazo si las partes no llegan a un acuerdo distinto.
Si e niega tendrá que proceder por la vía judicial.