Implicaciones al firmar compra de un inmueble si yo no quiero.

Llevamos dos años separados de hecho y viviendo en domicilios distintos (de alquiler) aunque legalmente seguimos casados. Tenemos un hijo en común menor de edad.
El mes pasado hicimos las capitulaciones matrimoniales para disolver el régimen económico de gananciales y liquidar la sociedad de gananciales y ahora nuestro régimen es el de separación de bienes.
Ella va a comprar dentro de unos días una vivienda (primera vivienda que será su vivienda habitual) mediante una hipoteca. Se me plantean dos dudas:
1.- ¿He de constar yo en alguna parte (hipoteca, registro de la propiedad, escrituras, documentos notariales...) si la vivienda la va a comprar ella sola?
2.- Yo no quiero que sobre mi pese ninguna carga, ni que se me pueda exigir ningún pago si ella no paga o fallece. Tampoco quiero tener ningún derecho sobre la vivienda. Sin embargo, ella me dice que tengo que firmar yo ante notario que estoy informado de la compra. ¿Es cierto ésto si la vivienda la compra ella sola y estamos en régimen de separación de bienes? ¿Para qué tengo yo que firmar nada si, repito, la vivienda la va a comprar ella sola y estamos en régimen de separación de bienes y separados de hecho aunque casados legalmente? ¿Qué consecuencias tiene que yo firme ante notario que estoy informado de dicha compra? ¿Tiene esto algo que ver con ser la vivienda habitual/primera vivienda?

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO ACCIDENTES GALICIA Bufete Veiguela Lastra & Fernández Freire
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Buenos días,
En primer lugar recuerde que para que la separación de bienes (capitulaciones matrimoniales) tenga validez frente a terceros tienen que anotarla en el registro civil.
Una vez hecho eso, ella puede comprar privativamente y usted no tiene que ir al notario a firmar nada.
Mucho ojo con lo que firma. Si tiene dudas lleve un abogado a la firma, o que le envíen por Mail anticipadamente la instruta de lo que se va a firmar y consúltelo con un abogado.
A mi todo eso me suena bastante raro. Un saludo!

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Divorcio Ferrol Luis Insua Meirás
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Buenas tardes, al continuar casados, el Notario le informa simplemente de la compra de la vivienda por su mujer. Se trata de una simple formalidad, en la que usted no contrae ninguna obligación ni adquiere derechos. Lo único que debe hacer es asegurarse de que, efectivamente, su comparecencia ante el Notario lo sea a los efectos de ser informado de la compra de la vivienda por parte de su mujer. Quedamos a su disposición para cualquier aclaración.

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