Incapacidad paro y porcentaje.
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
Al estar percibiendo la prestación por desempleo se mantienen las cotizaciones que tenia cuando trabajaba.
En cuanto a las patologías que padece y como le afectan lo podrían hacer tributario de una incapacidad permanente absoluta o subsidiariamente total, no obstante si inicia el procedimiento indicarle que por regla general el INSS los deniega, por lo que en el momento que tenga que presentarse la reclamación previa es recomendable que dicho escrito se lo realice un profesional, ya que piense que tiene que ser una replica de la posterior demanda.
Quedamos a su completa disposición para estudiar su caso con mas detenimiento.
Buenas tardes:
Durante el Desempleo usted siguió cotizando por la misma cantidad que cotizaba cuando trabajaba. Durante el subsidio no se cotiza a la Seguridad Social, salvo que se trate del Subsidio para mayores de 55 años.
La incapacidad es mucho más rentable que el subsidio y genera cotizaciones de cara a la Jubilación. Por este motivo, teniendo en cuenta la gravedad de sus dolencias, le recomiendo que solicite la incapacidad permanente antes de que el subsidio de desempleo le siga perjudicando las bases de cotización que se tendrán en cuenta para la jubilación.
Saludos.