Incumplimiento de contrato

Tengo una heladería en un centro comercial, y en el contrato hay una cláusula de exclusividad en heladería, aunque no hay ningún otro local con la denominación de heladería si que en varios se venden helados , con expositores, y a granel. Tengo derecho a una indemnización por los seis años que se lleva produciendo este hecho? ¿Y si es así, hay algún abogado que solo cobre un tanto por ciento del importe de la indemnizacion?

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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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Hay que revisar esa cláusula para verificar qué se interpreta, porque como bien dice, el negocio no es una heladería.
En cuanto a la indemnización, tendrá que demostrar el lucro cesante que ha tenido por no vender más productos.
Es recomendable que usted requiera al centro comercial antes de entablar acciones.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
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Hola, los daños y perjuicios deben ser demostrables, no puede Ud. reclamar una cantidad al libre albedrío.

Si puede demostrar lo que ha dejado de facturar, puede reclamarse , sino , le cabe la posibilidad de reclamar y evitar que los demás realice la misma actividad que Usted.

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Abogado sucesiones Barcelona - Picón Advocats
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Buenos días,
En primer lugar, debería analizarse bien la cláusula de exclusividad introducida en su contrato. Y, en segundo lugar, para poder reclamar unos supuestos daños y perjuicios, al igual que le han dicho otros compañeros, es necesario poder demostrar los mismos.

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