Incumplimiento orden de alejamiento ¿qué nos puede pasar?

Mi ex-pareja tiene una orden de alejamiento mía por sentencia firme donde se le condena a 6 meses de prisión. Hemos incumplido los dos la orden porque nos hemos visto y hemos hablado porque tenemos un hijo en común. El otro día nos hemos visto por la calle y en un momento de cabreo, él llamó a la Guardia Civil diciendo que soy yo la que le persigue y le busca todo el tiempo. Los guardias han hecho un informe y me han dicho que lo van ha mandar al juzgado para que un juez decida por incumplimiento por ambas partes.
¿Qué es lo que puede pasar? ¿El puede ir a la cárcel? ¿Y yo? ¿Hay alguna manera de que termine bien sin consecuencias para ninguno?
Se que él no tendría problemas de llegar a un acuerdo los dos para que no se llegue a más. Necesito que me asesoren y luego que me orienten cómo se puede hacer.
Gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Le aconsejamos que busque un abogado que, después de saber con más detalle lo ocurrido y de conocer lo que han declarado ante la policía, les asesore antes de que tengan que prestar declaración en el Juzgado. No obstante, le indicamos que el incumplimiento de la orden de alejamiento por él supone un delito de quebrantamiento de condena castigado con pena de prisión de 6 meses a 1 año (art. 468.1 Código Penal); pero el consentimiento suyo no es interpretado de la misma forma por los tribunales, ya que mientras unos consideran que también usted comete un delito de quebrantamiento por ser cooperadora necesaria o inductora; otros consideran que no habría cometido ningún delito, por lo que es evidente que, en principio, usted está en mejor posición que él o tiene más posibilidades de defensa.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Javier Salvador Salas
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El incumplimiento es un quebrantamiento de condena que se pena hasta con 1 año de prisión, por lo que sí podría ir a prisión cumpliendo además los 6 meses de la condena. Para evitarlo podríais realizar una comparecencia en el juzgado diciendo que habéis reanudado la convivencia.

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Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
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No parece un incumplimiento de una orden de alejamiento porque Vds habían convenido en verse. Si conserva correos o mensajes citándose para hablar deberá aportarlos.

Saludos

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Despacho Jurídico Concepción Núñez

Despacho Jurídico Concepción Núñez

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común

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Buenos días, las posibilidades son varias por eso lo mejor es que acuda a un despacho de abogados para tratar con detalle el tema, quedo a su disposición, un saludo.

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ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
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Existe alguna estrategia, pero seguramente habrá que cambiar la declaración (vuestra versión y poneros de acuerdo).
Quedamos a su disposición.

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