Indemnización por lesión

Hace unos 20 días, tuve un accidente a la salida de la urbanización donde resido. La urbanización colindante tiene un desnivel de 2 metros, aproximadamente, delimitado por un muro de contención, que sobresale del suelo, en la parte alta, unos 30 cm. En la parte alta del muro, por toda protección, han plantado unos cipreses aún jóvenes, que no suponen ninguna barrera para evitar caídas, por la flexibilidad de las plantas, así como por la distancia entre ellas. Total que sufrí una caída de espaldas, que me fracturó una vértebra. En principio no creí haber sufrido lesión relevante, pero al día siguiente me puse en manos de los servicios médicos que, después de hacerme las pruebas radiológicas correspondientes, determinaron el alcance de la lesión. El tratamiento supone tres semanas de reposo absoluto en cama, seguida de la necesidad de usar un corsé, hasta completar tres meses, cada vez que me levanto, lo que me impide llevar mi vida normal, alternando ratos de reposo en cama con otros en los que me veo muy limitado por el corsé. Mi situación actual es de jubilación. Me gustaría saber si puede considerarse que hay una responsabilidad civil por parte de la comunidad de propietarios de la urbanización donde sufrí la caída y cómo calcular la indemnización que podría corresponderme de ser así.

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEVILLA María del Carmen Rosa Morón
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El informe médico que reseña es al día siguiente, por lo que sería necesario que en el mismo se hallase recogido el motivo de la lesión y especificado en cuanto a la fecha que se produjo. Por otra parte a efectos de responsabilidad, es necesario determinar quien es el propietario de la zona donde cayó, además en el caso de ser zona privada si realmente al estar en el exterior de la zona residencial, queda cubierta por la póliza de seguros, y si se considerase zona púbica no estaríamos hablando sino de responsabilidad por caída en zona pública y con ello del Ayuntamiento. Finalmente para poder determinar la valoración económica de las lesiones hay que estar al informe médico actual y a los siguientes hasta el alta por curación. Saludos.

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ABOGADO HERENCIAS SEVILLA Juan Gilabert

ABOGADO HERENCIAS SEVILLA Juan Gilabert

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil

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Como seguro no te indemnizaran es si no demandas al seguro. La indemnización se calcula según baremo (días de hospitalización, días de baja, puntos de secuela). Sería conveniente ver fotos, partes médicos, saber si hay testigos, etc. Yo casi siempre recomiendo demandar pues el coste-beneficio suele ser muy positivo. Pero se debe ver toda la documental relativa al asunto antes de asegurar nada. En abogadosSevilla-Malaga estaremos encantados de defender sus intereses.

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Abogado accidentes tráfico Córdoba - Fernando Alcántara Abogados
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Buenas tardes: Si el lugar donde sufrió el accidente no está bien señalizado y no cumple las normas de seguridad, será responsable de sus daños el titular de la instalación. La indemnización que le corresponde percibir dependerá de los días que invierta para su curación y de las posibles secuelas que pudieran quedarle, una vez estabilizadas sus lesiones. Saludos cordiales.

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Abogado Discapacidades Granada - Ngloba Servicios Jurídicos
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Buenas tardes. Para poder darle una respuesta adecuada deberíamos saber cómo se produjo la caída y si en ese momento había testigos o llamó a la Policia local. La posibilidad de conseguir una indemnización dependerá en buena medida de estos factore. Quedamos a su disposición por teléfono o en nuestro despacho de Málaga. Saludos.

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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
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Después de 20 años ha prescrito su derecho a poder reclamar.

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