Indemnizar al trabajador al ser una subrogación
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
No se le está despidiendo, lo que están haciendo es una sucesión empresarial por via del articulo 44 del Estatuto de los Trabajadores.
Mientras le comuniquen la sucesión y el siga prestando sus servicios para Uds., nadie está extinguiendo la relación laboral. No obstante el trabajador deberá mantener las mismas condiciones que tenia anteriormente, así como su antigüedad.
Quedamos a su completa disposición si tiene cualquier tipo de duda.
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Si se le reconoce la antigüedad, no hay variación en sus condiciones laborales (salario y jornada laboral) no hay despido, por supuesto, y sólo hay un cambio en la empresa, no hay indemnización en los términos señalados. Es posible que la pregunta al sindicato fuera mal formulada y de ahí viene la confusión.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
En su caso, presuntamente habrá habido algún mal entendido, se lo subrogan, usted debe conservar todos sus derechos, incluyendo la antigüedad, de conformidad con el vigente Estatuto de los Trabajadores.