Indemnizar al trabajador al ser una subrogación

Hola,

Ayer el trabajador fue a comisiones obreras y le han dicho que como está indefinido y hemos cambiado de sociedad se le tiene que indemnizar catalogando "despido improcedente" ya que él tiene contrato indefinido, no lo entiendo, ya que esto es mero papeleo, ya que él no va a notar ningún cambio ya que seguirá trabajando en el mismo local y haciendo las mismas tareas. Es correcto el "despido improcedente"?

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
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No se le está despidiendo, lo que están haciendo es una sucesión empresarial por via del articulo 44 del Estatuto de los Trabajadores.
Mientras le comuniquen la sucesión y el siga prestando sus servicios para Uds., nadie está extinguiendo la relación laboral. No obstante el trabajador deberá mantener las mismas condiciones que tenia anteriormente, así como su antigüedad.
Quedamos a su completa disposición si tiene cualquier tipo de duda.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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Si se le reconoce la antigüedad, no hay variación en sus condiciones laborales (salario y jornada laboral) no hay despido, por supuesto, y sólo hay un cambio en la empresa, no hay indemnización en los términos señalados. Es posible que la pregunta al sindicato fuera mal formulada y de ahí viene la confusión.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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En su caso, presuntamente habrá habido algún mal entendido, se lo subrogan, usted debe conservar todos sus derechos, incluyendo la antigüedad, de conformidad con el vigente Estatuto de los Trabajadores.

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