Inquilino de casa embargada

Soy inquilino de una vivienda y tengo un contrato de alquiler con opción a compra, si el propietario no paga la hipoteca, que pasa conmigo? El banco le puede embargar la propiedad? Yo me quedo en la calle? Puedo ejecutar mi opción a compra por el importe pactado? Puedo finalizar por completo el periodo de alquiler?

Gracias!

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ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

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Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia

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Contestado

El banco está obligado a soportar su contrato de alquiler durante la vigencia del contrato, y, si la duración del contrato de alquiler es superior a 5 años, durante los primeros 5 años de vigencia del contrato. En cuanto a la opción a compra, el banco únicamente deberá soportarla si consta inscrita en el Registro de la Propiedad de forma previa a la hipoteca; ahora bien, podrá usted usar el derecho de adquisición preferente que como arrendatario le concede la ley, y adquirir el inmueble por el mismo importe que lo haga el banco. Le recomiendo para ello que se persone y comparezca en el procedimiento de ejecución judicial hipotecaria que siga el banco contra su arrendador. Para cualquier otra información quedo a su entera disposición.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado