Los dueños de mi empresa cambian el nombre y el CIF de la empresa ¿puede afectar a nuestra antigüedad como trabajadores?

Los dueños de mi empresa cambian el nombre y el CIF de la empresa. Trabajábamos en una empresa de tres tiendas y ahora, desde el enero, la empresa se divide en tres empresas independientes. Estamos preocupados sobre nuestra antigüedad. ¿Qué tenemos que saber y cómo podemos protegernos de la perdida del finiquito? (en el caso si nos proponen a firmar el nuevo contrato con el nuevo titular de la empresa).

Respuestas de otros profesionales:
Basic
TANDEM ABOGADOS

TANDEM ABOGADOS

Abogado de Madrid especializado en Derecho Laboral

  • 1 voto útil
Contestado

Hola: En principio el cambio de denominación de la empresa no significa que ésta no sea la misma. Tal vez, nos encontremos ante un supuesto de unidad de empresa, es decir, el empresario, por diferentes intereses, intenta dar una apariencia externa de que son 3 empresas distintas, pero en realidad son la misma. Si sucediera esto, estarían actuando de forma fraudulenta, y no conllevaría perdida de antigüedad, porque tienes que mantener que sigues vinculado con las tres empresas. Ten en cuenta que la pregunta es muy genérica, la información escasa, y que no estoy viendo documentación, pero las opciones pueden ser muy variadas: desde que plantees una demanda por despido y solicites el reconocimiento de la relación laboral con las tres, o bien que de momento no digas nada, y si un día te despiden lo plantees todo en la demanda por despido. El finiquito, si te lo pusieran a firmar, hazlo indicando "no conforme". Ten cuidado con los plazos para interponer cualquier tipo de demanda, porque son muy breves. Mi consejo es que acudas a un abogado laboralista a que te revise la documentación, no vaya a ser que tengas que demandar y si te pasen los plazos.

Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
Basic
ABOGADO ACCIDENTE TRAFICO ALICANTE – Sentido Comun Abogados y Mediadores
Contestado

Son pocos los datos que das para dar una respuesta que te pudiera satisfacer del todo, en todo caso como ya han hecho otros compañeros, aclararte que el hecho de que la empresa cambie de titular, no es motivo para que cambien tus circunstancias o antigüedad, en muchos casos esto lo hacen los empresarios por motivos fiscales. Podría afectarte este hecho en un momento posterior, en función de la deriva que pueda coger la empresa, aunque en una demanda posterior se podría dar solución. Respecto a la antigüedad en la empresa se puede reclamar en diferentes momentos, por lo que te pediríamos que te pusieses en contacto con este despacho, pero si la empresa quiere evitar que los trabajadores podáis estar preocupados, pese al movimiento de nombres en la empresa, podrás comprobar en tu próxima nomina, que tu antigüedad sigue siendo la misma.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
LABE Abogados

LABE Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

VER PERFIL
  • 1 voto útil
Contestado

Estimado cliente: Aunque para darle un asesoramiento detallado nos hacen falta más datos le informo que en la sucesión de empresas la antigüedad de los trabajadores ha de mantenerse. Nuestro bufete tiene más de 30 años de experiencia en la resolución de este tipo de asuntos y cubrimos todo el territorio nacional. Puede ponerse en contacto con nosotros. Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo. Atentamente.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
  • 1 voto útil
Contestado

Por lo que indica se trata de una sucesión empresarial (artículo 44 Estatuto Trabajadores). Deberían avisarles por escrito del cambio que se va a producir. No obstante piense que el nuevo empleador quedará subrogado en derechos y obligaciones de todos los trabajadores, por lo que no perderán su antigüedad.
Quedamos a su completa disposición sobre cualquier duda que les pueda surgir.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ABOGADO EXTRANJERIA MALAGA EadWeard Estudio Legal
  • 1 voto útil
Contestado

Al tratarse de una subrogación empresarial , la empresa sucesora se subroga en todos los derechos y obligaciones que la empresa anterior tenía con todos sus trabajadores; se mantiene la antiguedad, no lo pierde el trabajador, aunque se tramite baja y alta en Seguridad Social.
La empresa antecesora deberá comunicarlo por escrito a los trabajadores.
Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
  • 1 voto útil
Contestado

Por lo que usted cuenta, al parecer se trata de una subrogación de empresas, por consiguiente la antigüedad debe mantenerse, y lo adecuado es que se les comunique el cambio de empresa.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado