Matrimonio español-extranjero no residente en españa
Buenos días. Antes de la boda debéis iniciar un expediente matrimonial, el trámite comienza en el Registro Civil del municipio donde estás empadronada (dos últimos años). Es preciso aportar documentación española y turca, certificados de nacimiento, empadronamiento, soltería, etc. Seréis citados a una audiencia reservada, donde el encargado del Registro hará preguntas por separado para comprobar la veracidad de la relación. También pueden requerir la presentación de testigos de conocimiento. Se publican edictos para general conocimiento concediendo plazo por si algún interesado quisiera oponerse. Publicados los edictos el expediente es informado por el Fiscal y si no hay ningún problema, el Juez dictará un Auto autorizando el matrimonio. Una vez firme el Auto podéis contraer matrimonio, civil o canónico, en ese municipio o en otro. Una vez casados, tu marido puede solicitar residencia en España en régimen comunitario. Para ello deberás dirigirte a la Oficina de Extranjeros y presentar la documentación requerida. También puede obtener permiso de trabajo. La duración de todos los trámite depende del Registro Civil, y también del Consulado de España en Turquía.