¿Me paga bien el INSS?
TANDEM ABOGADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Laboral
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Mejor respuesta según autor
Hola: Efectivamente, tiene Vd. razón. La base reguladora que se toma como referencia para el pago de la prestación de IT, cuando la contingencia es común, como es su caso, es la del mes anterior a la baja, es decir, Septiembre. Presente un escrito en el INSS (Reclamación Previa) para que se lo regularicen.
Un saludo
Estimado cliente: Para darle una respuesta detallada sería necesario ver todos los documentos relativos a su baja y, sobre la base de ellos, poder darle una respuesta. Nuestro bufete tiene más de 30 años de experiencia en la resolución de este tipo de asuntos y cubrimos todo el territorio nacional. Puede ponerse en contacto con nosotros. Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo. Atentamente.
Buenos días:
Sería conveniente revisar su contrato y el convenio si es que se le aplica. Además de ello, es conveniente revisar la documentación y la tramitación que Ud. realizó respecto a la baja.
Si lo desea puede ponerse en contacto conmigo y podemos reunirnos en mi despacho.
Un saludo,