Me presentaron una denuncia por impago de pensiones en junio de 2015, ¿Con la nueva reforma esta ha prescrito o continua vigente ?

Tengo entendido que solo puede reclamarle 5 años si no hay otra denuncia anterior.

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ABOGADO RECLAMACION DEUDA BILBAO LAU Abogados

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Abogado de Bilbao especializado en Reclamaciones de Impagados

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Buenos días,
Al ser un hecho cometido con anterioridad a la entrada en vigor de la nueva normativa (Julio de 2015), se regirá según el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal anteriores. Respondiendo a tu pregunta, en principio, y según la información aportada, no estaría prescrito a la fecha actual. Habría que saber igualmente si se trata de una falta o un delito, y cuando se cometió dicha acción. Le recomiendo que se ponga en contacto con un abogado para darle mayor claridad al problema.
Quedamos a su disposición.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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Habría que estudiar el asunto con mayor detenimiento. No obstante, le comunico que se aplica la disposición más favorable al investigado al tratarse de hechos anteriores a la reforma del Código Penal.
Si es su interés, puede ponerse en contacto con este despacho. Un saludo.

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Es complicado darle una respuesta certera sin conocer con exactitud el estado del procedimiento, siempre será aplicable la ley penal mas favorable. Quedamos a su disposición, saludos cordiales.

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