¿Me quedaré sin nada después de tantos años?
Abogado Ley de Segunda Oportunidad Granada PREVENCIÓN LEGAL ABOGADOS
Abogado de Granada especializado en Derecho Civil
Hola, evidentemente después de tantos años eres fija en la empresa, por lo tanto la relación laboral debe extinguirse, eso se puede producir de dos formas, mediante un despido por causas objetivas, lo que significa que deben abonarte 20 días de salario por año de trabajo, o bien mediante un despido improcedente, con lo cual te deben abonar 45/33 días.
Lo normal, con lo que me comentas, es que te hagan un despido por causas económicas (20 días), y lo normal es que, por lo que me dices, es que no te puedan pagar la indemnización.
En definitiva que debes tener asesoramiento por un abogado, para evitar, cuando llegue el momento que te hagan alguna jugada y te perjudiquen. Como consejo inicial, si te dan algún documento, no te niegues a recogerlo, pero pon siempre "no conforme".
ABOGADO LABORAL MURCIA - GADE Abogados
Abogado de Murcia especializado en Derecho del Trabajo
Buenas tardes,
La empresa tiene que indemnizarte, bien con 20 días o 45/33 según acrediten o no la situación.
Te corresponde paro en cualquier caso de despido.
En cuanto a la inspección de trabajo, nada tiene que ver que vaya a cerrar con la visita del inspector.
Somos especialistas en laboral. Si necesitas cualquier cosa nos puedes llamar.
Si hay que ir a juicio no te cobramos ni un céntimo hasta que no cobres tu.
Puedes contactar con nosotros cuando quieras.
Saludos.
Luis Saura
Abogado.
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
Realizará un despido objetivo y tendrá derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado. No obstante siempre es recomendable revisar como se ha realizado el despido, por cuanto gran parte de las veces adolece de defectos lo cual comporta que sea improcedente.
Quedamos a su completa disposición para asesorarle en lo que precise.
Abogado Javier-Pozo, Gabinete jurídico Laboral-Social-Civil
Abogado de Palma de Mallorca especializado en Derecho Laboral
Buenas tardes,
No, no te quedas sin nada, de ser ciertas esas circunstancias que te dice tu "jefa" (tu lo sabes bien por la clientela que viene y gasta), sería un despido objetivo económico, con derecho a una indemnización y paro, además debe preavisarte con 15 días antes de la efectividad del despido objetivo.
Un saludo.
Asesoría Laboral y Fiscal Cartagena CARTAGENA - ANDREU & BAS
Asesoría de Cartagena especializado en Derecho del Trabajo
Hola, buenos días:
Antes de dar ningún paso debes asesorarte y solo con lo que mandas me faltan datos. Puedo atenderte en mi despacho para ello contáctame.
Un saludo.