Me retiraron el carnet y la fecha de extinción del cumplimiento es errónea, me lo devolvieron y ahora dos meses después me piden que lo devuelva

Me retiraron el carnet y me impusieron dos condenas de 8 meses y un día. El caso es que la fecha de extinción de cumplimiento indicada coincide con la finalización de la primera condena, es decir, que es como si solo me hubieran impuesto una de las dos penas por error. Pasaron 8 meses y recogi el carnet, ahora dos meses mas tarde me dicen que debo devolverlo `para culplir toda la pena,me indican o tendría que esperar los otros 8 meses ¿ Se podría recurrir la sentencia? Muchas gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Urbanismo San Sebastián / Donostia - Jesús Rodríguez Pousa y Asociados
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Una cosa es la devolución y otra el cumplimiento efectivo de la sanción. Aquí tiene razón la Administración, y deberá devolver el carnet hasta la fecha del efectivo cumplimiento de la sanción. De todas formas, es posible que haya algún error más esencial, por lo que le aconsejo que se ponga en contacto con un abogado de confianza. Lo que si le puedo decir es que depués de ocho meses la sentencia es inapelable. Lo que recurriría sería la forma de ejecución de la sentencia, y eso requiere presencia efectiva de abogado.

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GONZALO & GONZALEZ ABOGADOS

GONZALO & GONZALEZ ABOGADOS

Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia

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Hola, dicha sentencia ya no se puede recurrir y mas aún si se dio con conformidad.
Podrá intentar recurrir respecto a la ejecución de las penas, pero para ello necesitará abogado y por lo que comenta y deduzco está difícil pues le impusieron dos condenas de 8 meses cada una, por lo que le devolvieron el carnet por cumplir una condena y ahora le piden que lo entregue para cumplir la otra condena, según he entendido.
Un saludo.
Roberto Gonzalo
Gonzalo & González Abogados

Gestiones Gonzalo

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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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Le aconsejo que consulte con los abogados que llevaron los procedimientos donde se le condenó a la retirada del carnet dado que son ellos los que conocen los pormenores del asunto y las ejecutorias abiertas.

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Albert Romea - Penalista

Abogado de Granollers especializado en Derecho Penal

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La sentencia, si ya han pasado 8 meses, ya es definitiva y no puedes recurrirla. Como mucho, el abogado que te llevó el caso u otro nuevo, podrá discutir el cálculo de las penas.

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